Vivienda en la Sociedad Pública de Alquiler
Tengo una duda con la Sociedad Pública de Alquiler (SPA):
Si decido cederles una vivienda...¿empiezo a cobrar la mensualidad pactada desde el primer día? ¿O a partir del primer contrato con un inquilino?... Si esto es así, ¿si nunca llegan a alquilar la vivienda... Yo tampoco puedo disponer de ella por las penalizaciones del contrato suscrito? Muchas gracias
Si decido cederles una vivienda...¿empiezo a cobrar la mensualidad pactada desde el primer día? ¿O a partir del primer contrato con un inquilino?... Si esto es así, ¿si nunca llegan a alquilar la vivienda... Yo tampoco puedo disponer de ella por las penalizaciones del contrato suscrito? Muchas gracias
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