¿Desgravar solo 1 año para luego alquilar?

Escrituré una vivienda en julio 2007 y me la deducí en la renta 2008.
En septiembre2008 me caso y en enero2009 decido alquilar mi piso, puesto que mi marido y yo no vamos a vivir en él. Actualmente estoy empadronada en casa de mis padres. He oído que existen causas excepcionales como el matrimonio, que implican una obligación de cambio de domicilio antes de los 3 años; mediante las cuales no se perdería el derecho a deducción ni habría que devolver lo deducido en años anteriores. Por cierto, los suministros no los he dado de alta hasta el momento de alquilarla.
¿Es eso cierto? ¿Qué documentación he de presentar? ¿Puede deducirme el 2008 en la renta de este año?

1 respuesta

Respuesta
1
Se entiende que una vivienda es habitual cara hacienda, si es la residencia durante tres años, ahora si existen excepciones y una de ellas seria el haber contraído matrimonio. Cuando realices la declaración de este año, no podrás desgravartela puesto que ya no es tu vivienda habitual y la has alquilado. Deberás declarar este alquiler, y pasaras a poderte desgravar tu vivienda habitual actual, sin tener que devolver la desgavacion anterior. No te hace falta presentar ninguna documentación, solo hacer la declaración de renta correctamente. Si hacienda después de eso te requiriera es cuando deberías presentarle la ducumentacion que acredite que te casaste y demás, pero solo en caso que que hacienda te lo pidiera. No se si esto responde a tu pregunta, sino es así dímelo.
Buenas noches Aurora!
Muchas gracias por tu respuesta, sola un par de aclaraciones: entiendo que en el ejercicio del 2008, que realizaré ahora, puedo desgravarmela hasta septiembre, que es la fecha de la boda. ¿No?
Y por otro lado, en caso de tener que presentar documentación ¿puede ser un problema que no diera de alta los suministros hasta enero 2009?
Si puedes desgravartela hasta septiembre que es cuando se realizo la boda. A la segunda pregunta, pues no se que decirte exactamente, yo personalmente no he conocido ningún caso en que hacienda requiera ver los suministros, pero mirando la normativa de forma estricta si podría ser un problema puesto que eso reflejaría que no fue tu vivienda habitual realmente. Ahí si que no se que aconsejarte, en el periodo anterior ya nada puedes hacer puesto que ya te la desgravaste, en este lo dejo a tu criterio. En el peor de los casos y que hacienda te reclamase eso (cosa muy rara) deberías devolver la desgravación que te realizaste, pero contando siempre que hacienda te requiriera.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas