Mantenimiento de ascensor.

Buenas.
He comprado un piso nuevo, y al entrar a vivir el ascensor no estaba en funcionamiento por que faltaba contratar la empresa de mantenimiento, nos han dicho que tenemos que hacer el mantenimiento obligatoriamente con la empresa que instalo el ascensor la pregunta es si esto es así y cual es el tiempo mínimo que debemos hacer el contrato de mantenimiento ya que por parte de la empresa quieren hacerlo por 7 años, y yo creo que es abusivo nuestra intención sera hacerlo por el mínimo que marque la ley, si es que hay alguna que regule estos temas.
Gracias.

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En primer lugar este link: http://www.mtas.es/insht/legislation/RD/elevadores.htm#anexo a la legislacion correspondiente para su consulta.
EN detalle: respecto de la obligatorierdad de contratación nada dice la ley respecto de que tenga que ser la instaladora la empresa mantenedora. No obstante es algo compresible igual que si compramos un vehículo llevarlo a su concesionario oficial. Este caso puede ir ligado a cuestiones de garantía de la instalación.
Respect ode los 7 años de vigencia es una clausula abusiva probada en diversas sentencias en que se considera que el plazo debe ser el que establece nominalmente la ley diciendo que " La validez de estas inscripciones será de un año, prorrogable, a petición del interesado, por períodos iguales de tiempo," (Art 10.3 del anexo)

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