Prescripción pago impuestos

El 4 de noviembre de 2008 compramos una vivienda, a la que se le aplicó un impuesto de transmisiones patrimoniales reducido del 3.5%; ahora Hacienda nos reclama la diferencia hasta el importe íntegro del 7%, ya que no ocupamos la vivienda en los 3 años posteriores
debido a que la estábamos acondicionando y haciendo obra, ya que según Hacienda no podemos acreditar que la vivienda se compró como habitual, aunque su finalidad sí era esa, no se compró ni como segunda residencia ni para alquilarla, por ejemplo.


Al terminar la obra en octubre de 2011, sí que nos mudamos, ya que antes no hubiéramos podido debido a estas obras.
La agencia tributaria de Andalucía nos notificó el 16 de enero de 2013 que teníamos que hacer estos pagos, aunque la carta de de la agencia tributaria aparece firmada con fecha 22 de noviembre de 2012.
Nuestra pregunta es si el plazo que tenía Hacienda está prescrito para reclamarnos el pago de este porcentaje, o si podemos reclamar de alguna otra forma.

Gracias de antemano por su respuesta

Respuesta
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Si comprasteis el 04.11.08 y os fuisteis a vivir en 10.11, por días no llegan a los 3 años por lo que creo que no procede la reclamación

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