Separación de bienes

Hola me dirijo a usted par intentar
aclarar un tema que nos preocupa a mi señora y a mi.Estamos casados en
régimen de gananciales,las circunstancia familiares de mi señora son muy
liadas y teme que al fallecer su madre que es el único progenitor que
le queda herede las deudas de ella,que es lo único que puede heredar,ya
que no hay bienes.Hemos pensado si esto se puede evitar cambiado nuestro
régimen matrimonial a separación de bienes.Nuestros únicos bienes son
una casa que figura a mi nombre pues la compre estando soltero,un coche
comprado ya en el matrimonio y una cuenta corriente en la que se ingresa
mi nomina,cuenta corriente en la que figuramos los dos como
titulares.Hemos pensado en cambiar la cuenta corriente yo como titular y
ella como autorizada.Seria suficiente con esto o habría que hacer
separación de bienes también y poner todo esto a mi nombre.
Esperando su respuesta le saluda atentamente Antonio

{"Lat":37.7185903255881,"Lng":-0.7470703125}

1 Respuesta

Respuesta
1

La separación de bienes puede ayudar en caso de problemas. Pero si lo que les preocupa es el tema de la herencia, y sin conocer el caso en concreto, lo que ha de hacer su mujer es renunciar a la misma o aceptar a titulo de inventario.

Les recomendamos que se pongan en manos de un abogado que les ayude con esta cuestión.

Agradeciendo de antemano su amavilidad al responder nos queda la duda de la diferencia entre renunciar a la herencia o aceptar a titulo de inventario qu epor otra parte es la primera vez que sabemos de esta modalidad ya que no somos entendidos en la materia.Nos gustaria saber que es lo mas conveniente de los dos casos y cual es la diferencia.Por otra parte no sabia que se podia renunciar a una herencia cuando hay deudas.Tambien nos gustaria saber que plazo hay para hacer estas cosas una vez fallece la persona en cuestion.En cuanto a la separacion de bienes se lo planteamos por que hay muchos problemas alrededor de mi señora y tememos que nos pueda terminar afectando de alguna forma.

Esperando su aclaracion les saluda atentamente Antonio

Lo primero recomendarles se pongan en manos de un abogado que les estudie su situación personal.

En cuanto a la herencia, si tienen claro que no hay ningún bien a heredar, solo deudas, se puede renunciar directamente, si no esta claro, se acepta a titulo de inventario y una vez estudiado los bienes y las deudas, se puede luego renunciar o aceptar.

Normalmente hay que liquidar el impuesto de sucesiones antes de los seis meses. Pero han de tener en cuenta que habiendo deudas, cuanto antes se solucione esto mejor, para evitar que ustedes sean declarados herederos en algún procedimiento judicial.

Como ya le hemos indicado, la separación de bienes, puede ayudar en ciertas circunstancias a minimizar problemas.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas