Caída con la moto

¿Por ahorrar 80?, cambie el neumático trasero de mi honda CB 750 Sevenfifty en un taller de neumáticos, principalmente de coches, pero que según me dijeron también cambiaban a motos.
Cuando me dijeron que estaba, monte y la moto no se movía pues estaba frenada. Soltaron, montaron de nuevo y al salir del establecimiento e incorporarme a la carretera ( a 20 m del taller) la moto dio un latigazo y cayo sobre mi pie derecho.
Me llevaron en ambulancia y a los 2 días volví con la grúa para llevarme la moto. Antes de subirla, me fije que tenia un tornillo de la pinza trasera de freno suelto y así comente con el dueño del taller.
Llevo la moto al mecánico habitual de la moto y nada más bajar de la grúa el mecánico me confirma que la pinza no esta correctamente montada porque el tornillo esta suelto, y así me lo confirma por escrito.
Doy parte a mi compañía de seguros y esta se lava las manos diciendo que el taller no es un tercero en el accidente ¿?
El taller donde cambie la rueda da a su seguro un parte verbal donde no reconocen claramente su culpa.
Yo llevo 4 meses de baja todavía con el pie hinchado y sin poder andar en condiciones. La lesión se ha complicado con osteoporosis y no se sabe cuando va a curar definitivamente.
¿La moto tiene una avería de 1500?.
He contratado un abogado que haga la reclamación. Aportamos el escrito del mecánico de motos confirmando que bajo su experiencia esa rueda no esta bien montada. El abogado me dice que de secuelas me pueden quedar entre 4 y 7 puntos.
El seguro del taller ha pasado la reclamación a la empresa que se los tramita y estamos esperando a ver que contestan.
¿Qué puede pasar?
¿Si se hacen cargo, cuanto tengo que cobrar y por que conceptos?
¿Por qué mi compañía no responde cuando es la primera vez en 13 años que les necesito?
Respuesta
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Tu comañía se lava las manos en cuanto que es una reclamación tuya contra el taller. Y la reclamación debe de ser hecha contra la aseguradora de la responsabilidad civil del taller. Te explico, tu compañía no tiene porque abrir parte respecto de la moto como perjudicado, ya que la moto aquí no tiene que ver con el asunto. Es la aseguardora del taller quien debe pagar la responsabilidad civil por su mala praxis.
Has hecho perfectamente contratando un abogado que te asesore, haz lo mismo con tu médico ya que te marearan con mil. Tu dí que tu médico es... y que tu abogado es... y que no te estén dando vueltas.
Después serás examinado por el médico forense del juzgado quien es quien ha de determinar exactamente el alcance de séquelas y lesiones.
Ata bien todas las pruebas de cargo contra el taller, fundamentalmente la factura, y si lo tienes algún testigo. No repares la moto hasta que un perito judicial lo determine, si no podrían ver que estas eliminando pruebas.
Te recomendaría que pusieras una reclamación en la inspección de consumo para que ellos también examinen la moto y sancionen al taller por su poca prfesionalidad. Ello no te suspenderá la acción civil que has emprendido, ya que no reclamas en consumo si no que se sancione al taller por su chapuza.
Si te dan la razón cobrarás:
Por los daños de la moto.
Por cada punto de secuela que se determine unos seiscientos sesenta euros.
Por cada día de baja impeditiva 40 euros.
Por cada día de baja no impeditiva unos 20 euros.
Los gastos de abogado y procurador.
Hola.
Muy agradecido por su aclaración. Veo que, aunque sin experiencia en estas cuestiones, estoy dando los pasos correctos.
Hay otra cuestión que me gustaría saber. ¿Qué es un día de baja no impeditiva?
Gracias por su ayuda.
Un saludo.
La baja impeditiva son los que no te permiten hace tu vida cotidiana, trabajar, etc.
Los días de baja no impeditiva son aquellos que transcurren desde que tu pasas a hacer tu vida normal, fin de la baja impeditiva, hasta que el médico forense del juzgado te da el alta.
Esto quiere decir que aunque estés desarrollando tu vida normal mientras el forense no te de el alta sigues en ese periodo de baja no impeditiva.
Hola.
De nuevo gracias por su respuesta.
El caso es que cuando tuve el accidente, justo empezábamos en la empresa un proyecto importante (cambio de sistema informático) el cual yo iba a liderar. Esto a supuesto un retraso considerable en el inicio del proyecto y mi jefe no esta muy contento. Me insiste que vaya a trabajar incluso aunque este de baja. Últimamente hay mucha tensión por este motivo.
Mi pregunta es, los días de baja no impeditiva, ¿los tengo que solicitar yo?
Se empiezan a contar desde el fin de la baja impeditiva, pero para estar en situación de baja no impeditiva, ¿cuál es el procedimiento?
Yo todavía no ando correctamente y me duele el pie a cada paso que doy. Podría pedir el alta y continuar en baja no impeditiva, ¿siguiendo también el tratamiento de rehabilitación y demás?
Y si por lo que sea, el traumatólogo que me ha tratado en la SS se ha equivocado de diagnostico y al mirar en un futuro tengo alguna lesión más grave. Si ya he cogido el alta, ¿cómo puedo reclamar eso?
No se si me he sabido explicar.
Un saludo
Con independencia de lo que hagas o el diagnóstico de la seguridad social lo importante es la opinión del forense.
Ve a trabajar aún estando de baja, ese riesgo es de tu jefe. No pidas un alta porque va contra tu bolsillo.
Por lo demás sigue tus tratamiento y espera a los acontecimientos y los resultados de los exámenes forenses, cuyo dictamen es el válido en el juicio.
El dictamen del forense determinará las lesiones, los puntos, las secuelas en su caso, y los días de baja totales.
Hola.
Otra vez, gracias, y como ya me estoy poniendo pesado, le voy a hacer una ultima cuestión.
Si una inspección me viera trabajando estando de baja, ¿yo no tendría ningún problema? ¿Toda la culpa es de la empresa? ¿Y si trabajando sufro un accidente?
Un saludo
Trabajar estando de baja en principio sólo tendría malas consecuencias para tu jefe. En caso de accidente también sería responsabilidad de él. Si el riesgo merece la pena es algo que debes valorar tú. En el peor de los casos, que sería un accidente la responsbilidad es de tu jefe al cien por cien.

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