Duda sobre seguro de préstamo personal

Hola, la duda es la siguiente:
Tengo una amiga que se hizo autónoma y pidió un préstamo de 15.000 euros hace 2 años, por lo que se tuvo que hacer un seguro. Ahora hace 3 meses que dejó de ser autónoma, y en el banco le dijeron que debía de hacerse otro seguro de vida para el préstamo. Ella dijo que si estaba obligada pues que se lo hacía, pero que quería el más básico, y le hicieron uno de 160 euros. Ahora le han cobrado 73 euros porque dicen en el banco que el seguro que se hizo era de interés variable, y que al estar el euribor al 1.25 pues le cobran, pero que igual más adelante el banco le tiene que pagar.
Mis dudas son:
1- ¿Está obligada a tener un seguro de vida mientras tenga el préstamo? Supongo que sí que está obligada, pero si es así:
2-¿Está obligada a aceptar el seguro que le ofrecen en el banco o puede mirar ella otro seguro que más le convenga?
3-Como ya lo ha aceptado, ¿piensas qué los del banco hicieron bien en recomendarle ese seguro? ¿Le hubiera salido mejor coger uno un poco más caro pero fijo, que no tenga que pagar cada 3 meses también?
4-Entre lo que pagó al solicitar el seguro y lo que va a pagar cada 3 meses le sale por 370 euros en total al año, hay algún seguro fijo más barato, y si es así, ella puede cancelar ese seguro y coger otro, ¿o tiene que pagar una penalización por cancelar el seguro? Y si es así, ¿Cuánto cuesta la penalización?
Muchas gracias y esperamos tu respuesta

2 Respuestas

Respuesta
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En este país esta prohibido imponer un contrato de seguro. Nadie puede obligar a que te hagas un seguro.
Existen circunstancias que te obligan a tener un seguro, tener un coche, o hipotecar un bien. Pero por tener un préstamo, o una hipoteca no estás obligado a tener un seguro de vida.
Mucho me temo que lo que le han hecho a su amiga no es un seguro, sino un sawp ( http://segurosymediadores.com/swap-cambio-de-tendencia/ ) un producto peligroso si no se entiende y que esta produciendo múltiples reclamaciones por este motivo.
Le recomiendo que vayan a la sucursal bancaria y le expliquen bien que le han hecho, como funciona y las consecuencias que puede tener con los cambio de tipos de interés.
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Me temo que su amiga no tiene contratado ningún seguro de vida. En los seguros de vida se paga una prima anual, semestral o trimestral y no es variable, es una cantidad fija y no depende en absoluto de los tipos de interés.
Igual lo que tiene es algún derivado financiero para cubrir los riesgos de tipo de interés lo que es muy distinto. Ninguna de las dos cosas es obligatoria en la concesión de un préstamo, pero si ya lo ha firmado, lo que tendría que hacer es ver el contrato para saber exactamente qué tiene y, en su caso, reclamar su cancelación.
Hola, mi amiga se hizo un seguro hace 3 años cuando se sacó el préstamo y se hizo autónoma, pero como dejó de serlo canceló el seguro de autónoma y en el banco le dijeron que debía de tener un seguro obligatoriamente. Yo la acompañé al banco el otro día porque le habían cobrado 73 euros y no sabía por qué. El chico nos explicó que era por el seguro de vida que se había hecho, y que le hizo ese porque era el más barato... Pero claro, eso no es verdad, porque ni le explicó que cada 3 meses le iban a cobrar intereses, y además le dijo que era obligatorio. Yo le pregunté si no lo podía cancelar, porque yo no veía clara su explicación, y el chico con bastantes evasivas dijo que no, luego que sí pero que le cobrarían por cancelarlo, le pregunté cuánto y se hizo el loco...
En fin, le he dicho a mi amiga que lea bien el contrato que firmó, a ver si pone algo sobre la cancelación y si no es de vida que mire bien de qué es. Ahora ¿Qué recomiendas que hagamos?Por que está claro que el chico no le explicó todas las condiciones y le "vendió la burra" a mi amiga, la cual está pasando por un momento económico bastante flojo, como mucha gente, y creo que no hay derecho de que algunas personas se aprovechen de la ignorancia sobre algunos temas de mucha gente para venderles cosas que no necesitan. Muchas gracias
Lo único que les puedo recomendar que hagan es que aclaren que es lo que tiene contratado porque yo no tengo claro que es lo que ha hecho. Si se ha hecho un seguro de vida o de accidentes o cualquier otro tipo de seguro de vida-riesgo se puede cancelar en cualquier momento: se solicita la cancelación y se dejan de pagar las primas. Además, estos seguros nunca pueden ser obligatorios con la concesión de un préstamo "es ilegal" y nunca te cobran por cancelarlo ya que tu pagas una "prima" fija por un período de tiempo trimestral, semestral o anual y durante ese tiempo estás cubierto por el seguro, si lo cancelas, al vencimiento de ese periodo ya pagado se cancela y ya está.
En el caso de su amiga, me temo por sus explicaciones que no se trata de un seguro de vida sino de otra cosa.
Por tanto, lo que les recomiendo es que primero tengan claro qué es lo que ha contratado y a que la compromete. Respecto a este punto, siempre, siempre, siempre hay que tener copia de los contratos que se firman desde un principio y no al cabo de un año o dos o cuando hay problemas. Cada uno de nosotros tenemos la responsabilidad de ver y elegir con quién contratamos y a quién le compramos pues como vd. dice "hay algunas personas que se aprovechan de la ignorancia sobre algunos temas de mucha gente para venderles cosas que no necesitan" y cosas aún peores. Ello se debe a que nosotros no actuamos responsablemente y "tragamos" con todo lo que nos echan y cuando nos gestionan mal nuestros asuntos y nos engañan, en vez de cancelar las posiciones en dicha entidad, seguimos con ellos erre, que erre.
Cuando tengan el contrato y lo lean a fondo, si tienen nuevas dudas, lo podemos comentar si quieren, pero si se trata simplemente de un seguro de vida, lo único que tienen que hacer es una carta escrita a la compañía de seguros diciendo que lo dan de baja al vencimiento del recibo en curso y ya está. Si dicha compañía de seguros es la misma del banco, se lo entregan en la oficina (con una copia sellada por parte de la misma) y les piden igualmente por escrito que den de baja la domiciliación (por escrito y con copia sellada igualmente). Si es otra cosa ya veremos...
Muchas gracias por tu rápida y muy buena respuesta. En cuanto lea bien el contrato y tengamos claro de qué es el seguro exactamente te escribiré para comentarte. Hasta la próxima y de nuevo muchas gracias.

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