Pagos de una aseguradora a un cliente

Me gustaría saber qué legislación regula el pago de las aseguradoras de automóviles a clientes y talleres. En concreto, ¿puede el asegurado mediante un escrito a la aseguradora hacer que esta pague directamente al taller reparador? En estos tiempos de crisis, muchos talleres no se fían de que el cliente reciba el dinero y luego vaya a pagar al taller.

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Efectivamente, esta regulado por la Ley 50/1980, de 8 de Octubre del Contrato del Seguro. No recuerdo ahora mismo el número del artículo, pero viene a decir que todo seguro es una póliza de reembolso, es decir, que el asegurado abona la factura y el seguro se reintegra.
      Por norma general, cuando una compañía autoriza una reparación, envía al taller un documento, que se conoce como "Compromiso de Pago", el cual tiene validez legal. Ahora bien, ese compromiso sólo asegura al taller que cobrará la factura que envíe a la compañía. El problema no es que el taller no se fie del cliente, sino que no tienen dinero para comprar las piezas, y por eso exigen el pago por adelantado, aunque a Ud. le cuenten una "milonga". Le pongo un ejemplo: imagine que la reparación de su coche cuesta 2000 Euros, de los cuales 1500 corresponden a piezas nuevas, y la diferencia a la mano de obra. El taller, para reparar su coche, tiene que tener fondos propios como para pagar al fabricante esos 1500 Euros por adelantado. ¿Qué después lo cobrarán todo, porque la compañía así se lo ha garantizado? Por supuesto que sí. ¿Pero, y si no tienen esos 1500 Euros? Le piden al asegurado que pague la factura por adelantado, como previsiblemente está ocurriendo en su caso. Y si no es un taller concertado de su compañía (y no lo es, porque de lo contrario no le pondrían ninguna pega) lo que quieren hacerle ver es que su seguro es el "malo" y que son ellos los que se han esforzado mucho, porque quieren ganarle como cliente.
      Le aseguro que su compañía cumple con la legislación vigente, porque desde la Dirección General de Seguros se las audita salvajemente, y cada error, por pequeño que sea, implica una sanción importante no, casi desproporcionada.
      ¿Opciones? Que el taller le envíe la factura a su compañía, como si su coche ya estuviese reparado. No obstante, debe de tener en cuenta que el perito, que pasa varias veces para ver cómo va la reparación, es de su seguro. Y además, se les prima más por detectar fraudes que por valorar coches...
      ¿Mi consejo? Cambie de taller para futuras reparaciones o revisiones. Déjese aconsejar por su compañía o vaya directamente a la casa oficial.
      Por favor, agradecería la valoración y el cierre de la pregunta.
El problema es que la reparación ya está hecha. Como el taller al que he ido no es concertado, la aseguradora ha enviado un escrito diciendo que me pagarán a mí y que yo tengo que efectuar el pago al taller. Mi duda es si yo puedo enviar un escrito a la aseguradora para que le paguen al taller directamente o si, por ley, me deben pagar a mí primero y después gestionar yo el pago al taller. Muchísimas gracias.
Por Ley, y si nos ponemos serios, su compañía sólo tiene obligación de pagarle a Ud.
      Un truco: si el taller, aunque no haya cobrado aún, hace la factura a su nombre, su compañía de seguros según la reciba se la pagará a Ud. mediante una transferencia, y en ese momento puede pagarla a su taller. La cuestión es que su taller sabe que si la factura va a su nombre la cobrará Ud. y si no se fían de su palabra... Y si eso es lo que está ocurriendo, su compañía no es responsable.
      Por favor, agradecería la valoración y el cierre de la pregunta.

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