¿Anticipar el importe de la reparación?

Tuve un accidente a principios de noviembre de 2010 del cual fue responsable el conductor contrario, el cual es extranjero. Se asume la responsabilidad del otro conductor y el importe de la peritación pero ahora mi compañía me dice que, según dice la compañía contraria, tengo que pagar yo el importe de la reparación y posteriormente me abonarán dicha cantidad cuando les mande la factura y un recibo de reembolso que me han enviado por mail.
Mis preguntas son varias: ¿Es legal que me soliciten a mi el importe de la reparación, siendo que así me causan aún más perjuicios que los ya ocasionados? ¿Es cierto que deberían haber reparado mi vehículo en el transcurso de 3 meses, estando ahora en disposición de solicitar un 20% adicional más los daños y perjuicios causados? ¿Quién es el responsable de esta situación, mi compañía por no insistir o la contraria por no reparar?
En resumen, ¿qué debería hacer?

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Hablamos de una reclamación internacional, por lo que no se aplican los convenios suscritos entre las aseguradoras nacionales, cuyo fin es agilizar las gestiones y facilitar la vida a los asegurados.
      Ahora bien, si la compañía responsable ha aceptado la reclamación internacional, lo normal es que su compañía envíe una autorización al taller, en forma de compromiso de pago, para después recobrar dicho importe a la otra compañía, una vez su coche haya sido reparado sin coste alguno para Ud.
      Ahora bien, no es una obligación, ya que según marca la ley, un seguro es siempre un póliza de reembolso, o lo que es lo mismo: el asegurado paga la factura de su bolsillo, y después la aseguradora se la reembolsa. Perfectamente correcto y legal.
      ¿Cuáles son los motivos para que su compañía se comporte así?
      1. Quizá no sea Ud. un asegurado rentable, e intenten forzar su salida, ciñéndose a la Ley.
      2. Quizá este asegurado con una compañía pequeña, demasiado barata, nueva o las tres cosas juntas.
      3. Que el contrario reconozca su responsabilidad no implica que la tenga. Tal vez la reclamación no haya prosperado y esté Ud. reparando a través de su cobertura de daños propios (de tener un todo riesgo).
      4. O quizá, simplemente, no entendió Ud. bien las explicaciones que le dieron desde su compañía.
      Lo que le debe de quedar claro, es que si la responsable ha aceptado formalmente la reclamación, su compañía debería de enviar un compromiso de pago al taller, pero recuerde, no están obligados legalmente a hacerlo. En mi compañía, en estos casos, con un atestado o Declaración Amistosa favorable, y aún sin tener la conformidad de la responsable, adelantamos al asegurado el coste de la reparación siempre. Aunque todo sea dicho, somos de las pocas que lo hacemos...
      Por favor, y si no tiene más dudas, valore la información dada y cierre la pregunta.
Muchas gracias por la respuesta. El motivo no se cual será dado que llevo dos años con la compañía y no he tenido ningún accidente ni he solicitado ningún servicio de asistencia en viaje y me parece que la compañía está bastante consolidada.
Por lo que refiere a los plazos y los incrementos, ¿es correcto?
Con tu permiso aprovecho para preguntarte alguna duda más: ¿Está la compañía en obligación de entregarme copia del informe pericial? ¿Cómo me aseguro de que realmente me van a abonar el importe anticipado?
Mi vehículo es una moto con seguro a terceros y antirrobo, en caso que dispongáis de este tipo de seguros, ¿sería posible saber el nombre de tu compañía?
Gracias y un saludo.
Los plazos, en una reclamación internacional, son los que marcan la leyes, y para los daños materiales son de un año, por término general. El perjuicio moral no se puede cuantificar, a menos que trabaje con el coche, como en el caso de un taxista, de modo que pueda acreditar pérdidas económicas reales y tangibles. Y aún siendo en España, no es extraño que una moto tarde 4 meses en repararse, porque las valoraciones no son Audatex, un estándar informático adoptado para la tasación de los coches.
      Estuve pensando en los motivos por los cuales debe de pagar la factura, y lo cierto es que olvidé indicarle el principal:
   Debido a la crisis, muchos talleres no aceptan los compromisos de pago de las aseguradoras, y exigen al cliente el pago por anticipado de la reparación (más en el caso de las motos), para poder retirar el vehículo. En otras ocasiones, y tras varias "chapuzas" confirmadas, la aseguradora se niega a trabajar con "x" talleres, porque algunos cobran como nuevas ciertas piezas, cuando realmente las han reparado, y otros no dan la garantía que exige la ley cuando el asegurado reclama una mala reparación. También hay talleres que reparan por importes superiores a los tasados por la compañía... Ejemplos, a miles.
      Sugiera a su compañía la posibilidad de cambiar de taller, aunque si ya han pedido piezas o iniciado la reparación no tendrá arreglo. Lo primero y más importante es que le explique su tramitador los motivos por los que actúan como una póliza de reembolso, ya que de lo contrario, todo son especulaciones, como ve.
      El informe pericial no es ningún secreto. Le puede pedir al taller que le haga una fotocopia, o solicitárselo a Direct Seguros. Ninguna Ley obliga expresamente a facilitarlo, pero si lo pide se lo darán sin problemas. En cuanto al reembolso, si su compañía le asegura que le será devuelto, es porque le será devuelto. Ahora bien, si necesita esa confirmación por escrito, y siempre que la reparación se ajuste al peritaje, lo puede solicitar por escrito.
      Por favor, y si no tiene más dudas, valore la información dada y cierre la pregunta.

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