¿Estoy obligado a pagar todo el año de un seguro Caser si solicité su anulación a los 6 meses?

Hace unos meses contraté por teléfono un seguro dental con Caser, de pago semestral. Al pagar el primer recibo observé que la cobertura dada era por los primeros 6 meses del año. Entendí que extendería la cobertura al pagar el siguiente recibo. A los 5 meses les solicité que anularan el seguro al vencer el recibo pagado, de tal manera que no se ejerciera la cobertura del 2º semestre.

Pero me dijeron que estaba obligado a pagar el año entero so pena de entrar en vía judicial.

¿Es verdad esto o solo me están presionando?

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Primero tiene que mirar el la póliza (no en el recibo) si la duración del contrato es anual, que es lo más probable.

Yo no lo sé, porque no dispongo de su póliza. Tendrá que mirarlo Ud.

Cuando dice "al pagar el primer recibo observé que la cobertura dada era por los primeros 6 meses del año", entiendo que se refiere al periodo de cobertura por el que paga dicho recibo (es decir, semestral), y NO la "duración" del contrato de seguro (que tal como he dicho antes, debe indicarse en la póliza -y no en el recibo-).

En definitiva, si es como creo, posiblemente confunde Ud. "periodo de cobertura pagado mediante el presente recibo", con "la duración del contrato".

Ejemplo:

Ud. Contrata un seguro anual (a fecha 01.01.2012), y acuerda la forma de pago: trimestral.

Eso quiere decir que durante la vida del seguro (anual), deberá realizar cuatro pagos (trimestrales).

Por tanto, al contratar le cargarán el primer recibo, y luego, cada tres meses le cargarán un recibo nuevo por un periodo trimestral.

En el primer recibo dirá: Periodo de cobertura: del 01.01.2012 al 31.03.2012.

Eso no quiere decir que el contrato vence el 31.03.2012, sino que en esa fecha vence el primer recibo trimestral, por consiguiente, faltarían por liquidar otros tres recibos trimestrales dentro de la duración del seguro (por ser anual).

Y, si es así, y si la duración del contrato es anual, Ud. se ha comprometido a abonar todo el periodo (anual), independientemente de la forma de pago que se haya pactado (en este caso, semestral).

En resumen, para saber la duración estipulada del contrato, tiene que mirar la póliza (condiciones particulares) y no el recibo, porque los recibos identifican los periodos que se abonan, pero no la duración del contrato.

No se si me he explicado.

Ud. Dirá.

Cris.

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