Anular seguro ppp bbva

Te cuento un poco hace un año y dos meses financié un coche con el bbva y en la financiación metí el seguro de ppp que me “obligaban" a contratar el préstamo es de 72 meses y mi pregunta es si puedo anularlo y que me devuelvan la prima corrresppndiente ya que la pagué en su día en la finanviación...

En mi contrato pone esto:

Derecho de resolución (art 83 a) de la Ley de Contrato de Seguro): el tomador/ asegurado puede resolver unilateralmente el contrato en el plazo de 40 días desde la entrega del mismo, mediante comunicación a la entidad aseguradora a través de un soporte duradero, disponible, accesible y que permita dejar constancia de la notificación, procediendo a la devolución de la totalidad de la prima abonada. Transcurrido este plazo, el tomador o asegurado podrá oponerse a la prórroga de dicho contrato mediante una notificación escrita efectuada con un plazo de dos meses de antelación a la conclusión del seguro.

Lo qué yo entiendo es que puedo pero por ejemplo este segundo año de prima lo dan por cobrado y en su caso me devolverían los 4 años restantes verdad? ¿Por qué deduzco que son anuales verdad? Ya que esto último no lo encuentro en el contrato solo que tiene una duración de 72 meses que es lo que es el tiempo del préstamo.

¿Podría enviar ya una carta certificada y aún que me cobren este segundo año de prima me devolverán el resto?

Otra duda es que yo lo puse avales, ¿ellos me podrían imponer que alguien me avale transcurrido ya todo el año y dos meses del contrato por devolver el seguro?

Respuesta
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Los seguros pueden tener una duración de un año, renovable, o una duración predeterminada, de hasta un máximo de 10 años. Su caso es el segundo, con un contrato de 6.

La ley del contrato del seguro no contempla la devolución de la prima no consumida. Es decir, cancelarlo ahora no tiene sentido, puesto no le van a devolver nada, ya que no tienen obligación legal. Ha firmado por 6 años, y si lo rompe unilateralmente, incurre en un incumplimiento de contrato.

El artículo que cita hace referencia a los seguros renovables anualmente, como el seguro del coche o de la casa. Pero incluso con el seguro del coche le sucedería igual: si lo quiere anular a mitad de año, no le devolverán la diferencia. La diferencia es que el seguro del coche se firma por un año, y Ud. firmó por 6.

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