Plan de pensiones

Hola padrinus mi pregunta va sobre plan de pensiones, si mi mujer hacer un plan de pensiones y lo pone a su nombre sin ella trabajar, ¿quién seria el beneficiario en caso de fallecer ella? Mis hijos, yo, o los dos, ¿son bienes gananciales? Y ¿Cuándo cumpliera quien lo cobraría?.
Muchas gracias un saludo

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Si no ha cambiado la ley, y creo que no, los planes de pensiones, aunque salgan de un fondo común de gananciales, son bienes privativos, es decir, que si esposa hace uno, una de dos, o ella podrá disfrutar lo con Vd a su jubilación, o si falleciera, Dios no lo quiera, ella habrá podido legarlo a quien desee, sea Vd. sus hijos, sus padres, sus hermanos o, incluso, a una ONG o Asociación.
Dicho esto, la ventaja de que ella contratase un plan y aportase dinero al mismo hasta 2000 euros al año o el actual limite que marque la ley, es que aunque ella no trabajase, vd podría desgravarse en su declaración de hacienda por que ella ha aportado, lo cual revertiría en el fondo común de gananciales. Cuando ella se jubile, lo más habitual es que vds dos lo disfruten. Las ams de casa se jubilan por ely a los 60 años, basta con que vayan a la Seguridad social para que les den un certificado y luego lo entregan en el Banco, pasados 15 días, el dibero ya estará en su cuenta común,
Personalmente, yo recomendaba este tipo de planes de pensiones, es un tipo de ahorro forzado que cuando ella se jubile podrán vds emplear por vg para darse el viaje de su vida, durante toda mi vida alboral en el banco, varias parejas ya lo han hecho.
Si aclare sus dudas cierre y puntúe.

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