Vivienda

Hola.
Tengo una cuenta vivienda desde diciembre del 2005. He desgravado en las declaraciones del 2005,06,07 y 08, en total cuatro veces.
La cuenta finalizaba en diciembre del 2009, pero se amplio por dos años por el gobierno ( la duración, no la desgravación).
Adquirí una vivienda este mes, pagando una reserva de 3000 euros ( no dinero de la cuenta vivienda), y cuando firme el contrato con la CCAA, ya que es una VPA, empezare a pagar una cuotas hasta la entrega de llaves.
¿Las cuotas las puedo pagar con la cuenta vivienda ( el dinero)? ¿Antes tengo que cancelar la cuenta vivienda? ¿Qué pasos tengo que seguir?
¿Para la declaración de renta del próximo año ( la del 2010), puedo desgravar la cantidad de la reserva ( los 3000 euros)?
Me imagino que el pago de las cuotas, no pueda desgravarlo, ya que lo desgrave en su día con la cuenta vivienda, y seria entonces desgravarlo dos veces...¿es así?.
Gracias.

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Pues depende si tienes depósito vivienda o cuenta vivienda, si es cuenta vas cogiendo el dinero de ahí y si ya te has desgravado no podrás volver a desgravarte, lógicamente como bien dices. Si fuera depósito vivienda lo cancelas y fiesta. Cuando formalices la compra te puedes deducir todos los gastos, incluido notario, gestoría, reserva, etc, siempre y cuando salga de tu dinero, no de un préstamo. Si tu ganas 100 y aportas 50 en concepto de vivienda y gastos serán los 50 los que meterás en la deducción. Si ganas 50 y aportas esos 50 más otros 50 de un préstamo sólo te desgravarás tus 50. No se si queda claro, sino me dices.
Hola, gracias por la respuesta, tan rápida.
Lo que tengo es una cuenta vivienda, y por lo que dices, puedo perfectamente coger de esta para pagar las cuotas, sin tener que cerrarla ( ya que me da unos buenos intereses), aunque ya no meteré más en ella que no desgrava ( cumplí las cuatro desgravaciones).
Los 3000 euros los desgravare el próximo año ( me imagino que sera en el concepto de pagos al promotor o durante construcción), estos 3000 euros no son de un préstamo, sino es un dinero que tenia ahorrado.
Te voy hacer una pregunta que no se si te liare más: El piso lo compraremos yo y mi pareja, antes de la firma del contrato de compraventa, ella puede hacer una cuenta vivienda ( ahora no tiene) y meter dinero en esta, para también pagar parte de las cuotas y poder deducir en la declaración de la renta individual que haga.
Seria entonces, yo deducir los 3000 y ella lo que metiese en la cuenta vivienda ( hasta un máximo de 9000).
Gracias.
Te voy hacer una pregunta que no se si te liare más: El piso lo compraremos yo y mi pareja, antes de la firma del contrato de compraventa, ella puede hacer una cuenta vivienda ( ahora no tiene) y meter dinero en esta, para también pagar parte de las cuotas y poder deducir en la declaración de la renta individual que haga.
Seria entonces, yo deducir los 3000 y ella lo que metiese en la cuenta vivienda ( hasta un máximo de 9000).
Gracias.
Pues si no he entendido mal estás en lo cierto. La cuestión es que podéis deduciros un máximo de 9000 euros al año de vuestro dinero (no de préstamos) que sea destinado a vuestra vivienda habitual, y esto engloba la reserva, las cuotas al promotor, la cuenta vivienda, los gastos de la compra, etc.
Perdona por tardar en responder, pero es que estoy de vacaciones y miro poco el ordenador.

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