Cambiar de nombre un plazo fijo

Tengo un plazo fijo a nombre de dos personas, y quisiera cancelarlo y abrir otro en otra entidad con el mismo dinero, pero a nombre de 4 personas.
¿Esto es posible?
¿Tendría qué hacer algún trámite con Hacienda?
¿Puedo tener algún problema?

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1

Para cancelar el plazo fijo hay que tener en cuenta que si no ha llegado la fecha de vencimiento es posible que os cobren una penalización por hacerlo o incluso que no sea posible hasta esa fecha (en función del contrato que firmarais).

Tendréis que ir las dos personas y, de cara a hacienda, no hay ningún problema, porque el banco no os va a dar todo el dinero: retendrá el 18% de los intereses generados para ingresarlos en vuestro nombre a Hacienda.

La apertura del nuevo depósito en la otra entidad es una operación totalmente independiente. Es decir, tendrás que abrirlo tal y como abristeis el anterior: vais las cuatro personas (con el dinero en efectivo o por transferencia) y formalizáis la operación.

Gracias por contestar.

Pero la duda que yo tengo en cuanto hacienda es por el posible impuesto de donaciones,

ya que, si dos personas tienen una cantidad de dinero y esa misma cantidad pasa a ser de cuatro personas, se supone que se hace una donación a esas personas y Hacienda puede pedir el impuesto de donaciones.

¿Es así o estoy equivocado?

saludos y muchas gracias

No, no es necesario liquidar donaciones.

Técnicamente por el ámbito de aplicación del impuesto estás en lo cierto. Salvo que estéis hablando de cantidades altísimas de dinero, Hacienda nunca entra en eso (ni es nada fácil de vigilar para ellos). En todos mis años de vida profesional, jamás he visto a nadie tener problemas por eso.

De cara a Hacienda, la única repercusión que tiene, es el tema de los rendimientos de capital, cada persona del fondo tendrá que declarar los intereses percibidos (si bien resulta que el banco ya retiene el ingreso a cuenta del IRPF).

No obstante, si es bastante dinero o queréis quitaros de líos, lo podéis meter en un Fondo de Inversión garantizado (ojo con eso, si no está garantizado podéis perder el capital que metáis). Porque por Ley son fiscalmente transparentes (es decir, de cara a Hacienda no existen hasta que se reembolsan).

Gracias de nuevo,

La cantidad creo que no es muy alta

Hablamos de 50.000 o 60.000 €

¿Que opinas?

Un saludo

No, esa cantidad es muy significativa.

Piensa que el incremento de patrimonio de las 2 personas nuevas es de 12.500 euros cada uno (en caso de los 50.000) y que el tipo impositivo no es muy alto. Es más, si sois familiares hasta colaterales de 2º y 3º grado (hermanos, sobrinos) hay disminución del impuesto.

Además hacienda no puede demostrar que el ingreso lo has hecho tú o incluso los titulares nuevos (podrían tener dinero en el extranjero y traerlo aquí, por ejemplo). Por tanto es casi imposible demostrarlo y por 100 € ni se molestan.

De verdad que nunca he visto a nadie tener problemas por eso y he trabajado en más de 40 oficinas de varios bancos distintos.

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