En caso de alumnos privados, es más importante obtener las acreditaciones necesarias para poder emitir los certificados de competencia destinados a los alumnos.
Para el tema de permisos, este tipo de actividad se clasifica en las de formación tanto presencial, como semi presencial y a distancia.
En la web del SEPE hay un apartado dedicado a los requisitos mínimos de los locales en función del alumnado; en función de todos los parámetros previstos, el ayuntamiento tendrá sus régimen, así como la entidad tripartita que gestiona cuotas de formación continua destinada a los trabajadores y el INEM que destina cuotas de formación y re-cualificación a través de cursos ocupacionales.
La relación laboral con el profesorado se puede realizar o por contrato a tiempo determinado o mediante facturación de cada profesor o formador autónomo... (Contactar un asesor laboral).
Aunque estas informaciones son más administrativas y legales y no tienen a que ver con este apartado de todo expertos, sepas que para cualquier otra duda, puedes contar conmigo.
Cordiales saludos