Baja voluntaria o despido por parte de la empresa

Soy nueva así que aún no me entero de como funciona ésto...
Pero bueno, os cuento, llevo desde el 12/06/2007 como administrativa en una empresa, he tenido un bebé el 22/06/2008 y tras finalizar mi baja maternal el 12/10/2008 he disfrutado de mis vacaciones y a partir del 1 de noviembre de 2008 estoy de excedencia por cuidado de hijo.
La empresa va muy mal y ya habían intentado llegar a un acuerdo para despedirme estando yo embarazada, acuerdo que no acepté y seguí en la empresa.
Ahora, por temas personales, me gustaría que me despidieran y por eso he llamado a la empresa, preguntando por si tenían pensado seguir conmigo o no al reincorporarme de la excedencia, que sería en 15 días. Me mandan a hablar con la abogada de la empresa para llegar a un acuerdo.
Ahora sé que si me despiden ellos tendría derecho una indemnización de 45 días por año trabajado, pero me comenta una ex compañera que se fue el año pasado de la misma empresa que a ella, aunque dio su baja voluntaria, le dieron un tanto por año trabajado que ahora no se acuerda que pero le parece que era alrededor de 20 días por año.
¿Éso es cierto? Tengo derecho a una indemnización, aunque inferior, ¿también en el caso de baja voluntaria?
Tengo que ir a hablar con esta abogada y quería tener el tema un poco más controlado.

1 Respuesta

Respuesta
1
Es mi primera respuesta como "experto", así que no sé muy bien cómo va esto. Lo que sí sé es que si te das de baja, no tienes derecho ni a indemnización por parte de la empresa, ni derecho a paro.
Indemnización:
Si la baja es VOLUNTARIA, ¿por qué deberían indemnizarte? Nadie resulta afectado, por lo que no tienen que pagarte por nada.
Paro:
El paro es (o debería ser) para quien quiera trabajar y no pueda. Si das tu baja voluntaria, es que no quieres trabajar, por lo que tampoco tienes derecho a cobrar el paro.
¿Qué se puede hacer?
Puedes "negociar" con tu empresa un despido. El problema es que te lo ofrecieron y tú lo rechazaste. Ellos fueron a ti, lo que te colocaba en situación de ventaja. Pero ahora se han cambiado las tornas, y tú vas a ellos, lo que te coloca en situación de desventaja a ti. Por tu estado, no pueden despedirte, así que en ese sentido tienes la "sartén por el mango", así que tendréis que pactar una baja incentivada, que se llama (te das de baja y te pagan algo), lo que pasa es que ahora ellos ven que a ti te interesa, y seguramente no te darán los 45 días por año trabajado. Negocia, a ver si te dan 30, 20... A ellos, visto lo visto, les interesa. El problema es que saben que a ti también, y se aprovecharán de ello.
Respecto al paro, dado que la empresa no te puede despedir, por tu estado maternal, no sé si vas a tener derecho a paro...
Hola, gracias por tu rápida respuesta, pero a ver, no estoy embarazada, mi bebé tiene ya 7 meses, disfruté de la baja maternal, mis vacaciones y ahora estoy a punto de reincorporarme de la excedencia que he empezado en el mes de noviembre de 2008.
La propuesta que me hicieron fue cuando estaba embarazada, por eso no acepté porque no me convenía. Ahora con casi total seguridad me van a despedir, y yo para acelerar los tiempos he llamado por teléfono para saberlo con antelación y hacer mis planes.
Supongo que habrá que negociar, ya que se ha entendido que yo tampoco me quiero quedar en la empresa, así que ya sé que no me darán los 45 días y lo que quería saber, quizás me he explicado mal en el anterior post, es que cuantos días es razonable que pida, ya que vamos a negociar, 20, ¿30? ¿25? Además si no me despiden me quedo, porque o me despiden y cobro paro o me quedo y cobro mi sueldo, lo que pasa es que me da que van a cerrar en breve y nos quedamos todos en la calle y sin paro ni sueldo. Por eso me interesa irme antes.
Mi amiga de todas formas insiste que a ella le han dado un dinero que se refería al tiempo que ha estado en la empresa (aparte de vacaciones, partes proporcionales de pagas extras, etc), no se llamará indemnización, ¿pero algo por el estilo es posible? ¿O me vuelves a confirmar que no?
Mil gracias por adelantado
Sí, creo que te refieres a los años a los que has estado trabajando en la empresa. En un despido normal, lo que te corresponde es que te paguen 45 días por cada año que has trabajado en la empresa.
Es decir, si has trabajado 1,5 años, te corresponde que te paguen unos 68 días (un poco más de dos meses) de tu sueldo íntegro (es decir, independientemente de que no percibieras la totalidad de tu retribución, por ejemplo, por el hecho de que tuvieras jornada reducida).
Eso, además de lo que te corresponda de prorrateo de pagas extras (en caso de que tuvieras más de 12 pagas anuales), vacaciones no disfrutadas, regularización de días trabajados de más, etc. etc.
Pero como en tu caso eres tú la que se quiere marchar, no creo que puedas conseguir esos 45 días por año trabajado. ¿Lo razonable? Depende de lo que quieran ambas partes. A partir de 25 yo creo que estaría bien, pero ya digo, depende mucho de lo que quieran ambas partes. Si ves que a corto plazo puede cerrar la empresa, a lo mejor te interesaría considerar incluso menos días...
En ese caso, lo que tiene que quedar claro es que es un despido improcedente para poder tramitar los papeles para el paro. Después, supongo que la empresa te hará firmar que renuncias a parte de la indemnización que, por ley, te corresponde. Es decir, si la indemnización, contando con 45 días por año trabajado te supone, por ejemplo, ¿4000?, ¿Y habéis pactado que sea de 3000?, te harán firmar (¿supongo) un papel donde exhoneres a la empresa de pagar 1000?, o donde diga, de alguna manera, ¿qué sólo te van a pagar 3000? Y que con eso ambas partes dan por zanjada la cuestión.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas