Permiso por adopción

Me gustaría saber si tiene los mismos derechos en materia laboral un trabajador que adopta a un niño a un trabajador que tiene un niño biológico.
También me gustaría que me indicaras legislación donde me desarrolla el tema y que documentación tiene que presentar a la empresa para optar a los permisos de baja maternal.

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Los derechos esenciales (ayudas, en el caso de que existan, vacaciones en período de vacaciones escolares, etc.) son exactamente los mismos.
Existe alguna variación en lo que concierne a la "baja maternal".
En el caso de adopción internacional, la baja puede anticiparse a la fecha de la adopción en tantos días como sean necesarios para efectuar el viaje y para que se desarrollen los trámites en el país de origen del niño/a (todo ésto suele durar una media de 4 semanas). Además, la baja maternal por adopción permite un reparto "mitad/mitad" para cada uno de los dos padres.
A la empresa se le debe entregar, en primer lugar, el documento de asignación del menor que el país de origen emite. Este documento es que el "inicia" el viaje. Posteriormente, se entregará a la empresa una copia del registro definitivo de la adopción para que figure asociada al emnpleado a todos los efectos.
Los trámites con la seguridad social se efectúan "a la vuelta" del viaje.
En caso de adopción nacional sería todo más o menos igual pero sin viaje.

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