Adopción en Chile

Mi mujer y yo estamos ansiosos por adoptar, ya que no podemos tener hijos propios y nos gustaría mucho poder ser padres. Hemos oído que en Chile son bastante serios con el tema, al contrario que en otros países, aparte de que puedes adoptar indistintamente un niño o una niña, no como en China, que sólo hay niñas, pero también nos han dicho que allí las adopciones no son plenas.
No sabemos si quien nos lo ha dicho nos ha engañado o no, por eso te agradeceríamos que nos dieses tu opinión sobre esto.
Muchas gracias por nuestra parte. Un saludo.
Respuesta
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Espero que salga todo bien al final.
A continuación os detallo dos informaciones.
La primera es una información que he preparado yo y que puede servir de ayuda.
La segunda la acabo de obtener y, aunque es la de la Comunidad de Castilla La Mancha y de hace dos años, da detalles específicos sobre la adopción en Chile. Y dice que es plena.
No obstante, os recomiendo que sigáis primero los pasos que os expongo en la primera parte.
Un cordial saludo.
¡Ah¡ Lo de finalizar os aparecerá cuando recibáis una respuesta de "experto".
Os cuento a continuación algo sobre los trámites.
Si necesitáis más información, intentaré buscárosla. Un abrazo.
Trámites:
Visita a la Comunidad Autónoma, Consejería de Asuntos Sociales (si se llama así), oficina de atención al menor, adopciones. Se pueden llamar de otra forma, pero existen.
Allí os informarán sobre todos los asuntos relacionados. Plazos medios (nunca garantizados), costes y resto de trámites.
Os puedo adelantar que los trámites, de forma resumida, son los siguientes:
Obtención del Certificado de Idoneidad (es como un "carnet de padre" que te hacen mediante entrevistas con psicólogo y asistente social). No tiene problemas si es "medio normal".
Una vez obtenida la idoneidad llega el momento de elegir el país de origen del niño/niña. Esta elección, salvo que uno tenga una predilección especial previa, se suele hacer en función de los plazos medios de los últimos años, de los costes (asociados a la lejanía y los tiempos necesarios de estancia en el país, que varían también)y de las agencias acreditadas (ECAIS) que pueda haber en vuestra zona. Después de elegir el país, de debe elegir la ECAI (son peronas u oficinas privadas homologadas y revisadas por la Comunidad que efectúan todos los trámites necesarios. Cuentan, también con representantes en el país de origen. LO que cobran está estipulado por la Comunidad y es fijo para todas.
Ya como criterio personal, las adopciones más rápidas se están dando en China (niñas).
Mi experiencia de hace ya 5 años fue en Perú. La petición tardó unos 18 meses, la estancia en el país fue de 4 semanas los costes de tramitación no llegaron a 400.000 pesetas y los de alojamiento y desplazamiento no llegaron a las 900.000. Es una referencia antigua pero puede servir de ayuda. En la actualidad, estamos en espera de una adopción en El Salvador y ya llevamos casi dos años esperando.
La adopción internacional: chile
1. Requisitos legales
1.1 Legislación de referencia:
· Ratificó el Convenio de la Haya el 13-07-99, entro en vigor el 01-11-99.
1.2 Requisitos de los adoptantes:
· Edad: Personas mayores de 25 años y menores de 60 años.
· La diferencia de edad entre el adoptante y el adoptado será de 20 años mínimo.
· Estado Civil: Aceptan a casados con 2 o más años de matrimonio (este periodo de matrimonio no se exige cuando se da la infertilidad en la pareja).
· Tiempo de permanencia en el país: Aproximadamente un tiempo mínimo de un mes.
1.3 Requisitos de los adoptados:
· Exigidos en la legislación española.
· Para adopciones extranjeras el criterio técnico que siguen es asignar niños a partir de 3 años, o menores de esta edad cuando tengan necesidades especiales.
· Se admite la adopción de grupos de hermanos. En este caso la edad de uno de los menores si podría ser inferior a 3 años.
2. Criterios técnicos de selección
N Se priorizan familias que demanden grupos de hermanos.
3. Tipos de adopción
3.1 Formas de adopción:
· Por resolución del Juez de Menores correspondiente al domicilio del menor.
3.2 Efectos de la adopción:
· Plena.
4.Procedimiento
4.1 Documentos del expediente:
4.1.1 Por los interesados:
· Solicitud dirigida al Servicio Nacional de Menores.
· Certificado de nacimiento.
· Certificado de matrimonio.
· Certificado de salud física.
· Certificado de antecedentes Penales.
· Certificado de salud mental.
· Documento que acredite la capacidad económica de los solicitantes (declaración de la renta).
· Certificado de requisitos de la entrada del menor en España.
· 3 Cartas de honorabilidad de los solicitantes otorgadas por autoridades o personas relevantes de la comunidad.
· Fotografías recientes de los solicitantes.
· En caso de que se tramite por ECAI, los solicitantes necesitarán ser representados en Chile por un Letrado. A este respecto necesitarán un poder de representación a favor de dicho letrado (¿qué podrá ser otorgado ante la Canciller del Consulado? Ver más abajo).
· Certificado expedido por el Cónsul chileno en España en el que conste que los solicitantes cumplen con los requisitos para adoptar según la legislación española. Para la consecución de dicho certificado se deberían seguir los siguientes pasos:
1º. Pedir cita al Cónsul para realizar una entrevista.
2º. Presentar la documentación personal del interesado para su legalización por el Consulado. En tres o cuatro días como máximo se legalizan los documentos.
3º. Se deben presentar dos fotografías de los interesados, para la emisión del certificado por el Consulado.
4º. El poder de representación a favor del Letrado de los interesados en Chile, podrá otorgarse ante la Canciller del Consulado. En tres o cuatro días como máximo se podrá recoger el poder. Este poder no es necesario si el expediente se tramita directamente a través del SENAME.
4.1.2 Por la Entidad Pública:
· Informe Psicológico.
· Informe Social.
· Certificado de Idoneidad.
· Compromiso de seguimiento.
· Certificado autorizado por el organismo gubernamental competente en España en el que conste la legislación vigente en relación con la adopción, así como acerca de la adquisición y pérdida de la nacionalidad del futuro adoptado.
4.2 Organismo público competente:
· Ministerio de Justicia
Servicio Nacional de Menores (SENAME)
Unidad de adopciones
Avda. Pedro de Valdivia, nº 4070, casilla 389
Correo 11
Nuñoa(Santiago de Chile)
Teléfono. : 00-562-239.22.83
Fax: 00-952-239.24.27
5. Tramitación
5.1 Tramitación en España:
· Admite la tramitación del expediente completo por la Entidad Pública y por ECAI.
· Toda la documentación deberá estar legalizada y autenticada.
· Preasignación: Cuando los solicitantes acepten al menor preasignado la Dirección General debe cumplimentar documento por el que manifieste su acuerdo a la continuación del procedimiento de adopción, según lo establecido en el Art. 17. C del Convenio de la Haya.
5.2 Tramitación en el país:
· Antes de salir del país los solicitantes deben solicitar a la Autoridad Central el certificado de que la adopción se ha constituido conforme al Convenio de la Haya (documento imprescindible para el reconocimiento de efectos de la resolución extranjera de adopción en el ámbito del Convenio).
6. Consulado en Madrid
N C/ Rafael Calvo, nº 18 5ºD
28010 Madrid
Teléfono: 91-3190763 y 91-3199559
7. Seguimiento
N 2 informes de seguimientos con periodicidad semestral.
8. E.C.A.I.S. ACREDITADAS
8.1 En Castilla - La Mancha:.
No hay ECAI acreditadas.
8.2 En otras Comunidades Autónomas:
· AAIM: Aragón, La Rioja.
· Os Meniños: Galicia, Madrid.
· PRO INFANCIA ANDINA: Andalucía.
9. Observaciones
§ Actualmente existe una gran demanda de adopción por parte de españoles

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