Separación contenciosa y usufructo

Tengo una duda que espero que me aclaren los amables miembros de este foro. Un matrimonio se separa por vía contenciosa, el piso aunque es comprado por el matrimonio esta puesto a nombre de un hijo, pero el matrimonio tiene el usufructo de por vida. Resulta que el uso de la vivienda se lo otorgan a la esposa y el marido tiene que abandonar su casa. En este caso ¿cómo queda el derecho de usufructo del marido?, al no poder vivir en el inmueble,¿tiene derecho a una compensación por parte del dueño legal?. Tengo que aclarar que el esposo le ha dicho a su hijo que recapacite y que piense que moralmente no es su piso y que venda el inmueble para darle a sus padres la mitatd a cada uno, pero el se niega en rotundo. ¿Hay alguna posibilidad de que recuperen los padres ese bien pagado con su dinero y que se puede demostrar?

1 respuesta

Respuesta
1
En principio, es muy difícil recuperar el bien que ya esta a nombre de su hijo, dado que comprar para otra persona es jurídicamente muy común. Con respecto al derecho de usufructo, el padre puede demandar el cumplimiento de ese usufructo, o bien, una indemnización por el no cumplimiento de este, ya que no esta gozando de un derecho que posee. Para tal efecto debe demandar al propietario legal del bien, con el fin que se le indemnice por la imposibilidad de ejercer su derecho.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven
El usufructo no esta inscrito en el registro de la propiedad.se hizo medianta documento notarial privado. ¿Cambian sustancialmente las cosas en ese caso?. ¿Puedo iniciar el procedimiento que me plantea de la demanda? Gracias
En efecto, las circunstancias son distintas, de acuerdo a la naturaleza del documento, y si este puede o no ser inscrito en el registro de propiedad, si es posible debiera inscribirlo y posteriormente hacer la demanda correspondiente, de lo contrario ir derechamente a la demanda presentando como prueba el referido documento, de manera que sirva de prueba a la existencia del derecho de usufructo. Es probable que en ese juicio se de lugar a la discusión de la validez y vigencia de dicho derecho, cosa que deberá probar apoyándose en el pago por parte de usted del referido inmueble.
Atento a otras dudas
Te Saluda
Amorven

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas