Mi suegra quiere meter a un nuevo novio en la casa

Mi sugro falleció hace 8 años, dejando en el testamento la herencia a sus 2 únicos herederos (mujer e hijo).
La vivienda esta a nombre de mi pareja (hijo del fallecido), pero la mujer (mi suegra) tiene el usufructo vitalicio de la vivienda en cuestión.
Nos ha llamado para decirnos que debemos de avisar cuando queramos ir a la casa, ya que se va a ir a vivir con ella otro novio que se ha encontrado ahora (recalco que nunca antes había metido a nadie en casa). Y la verdad es que nos surgieron muchas dudas sobre la acción que se impone por su parte. Las dudas que tenemos son las siguientes:
¿Puede ella meter en casa a quien quiera?
¿Existe algún documento que respalde a su hijo en el caso de desastre por parte de esta persona?
Si mi QUERIDA suegra fallece, ¿a este señor se le puede echar en el momento? ¿Y si se casa con el tiene algún derecho el señor sobre la vivienda?
Como nota mi suegra la verdad es que no esta bien de la cabeza ¿qué podemos hacer?

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Respuesta
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Buenmos días:
De entrada, decirle que no aporta un dato primordial.
Este dato es que si la casa era de los dos.
Si había sido adquirida en gananciales.
Porque en ese caso, su suegra es dueña del 50%, y usufructuaria del otro 50%.
Pero si la casa era de su suegro, comprada antes del matrimonio, o si la recibió en herencia, entonces si que es solo suya, y entonces su suegra no es propietaria de la mitad.
Ya ve la diferencia.
Hablamos de que su suegra solo tenga el usufructo, o de que sea propietaria.
Comprenda que al hacer una pregunta si no se expone realmente cual es la situación, es muy fácil que la contestación sea errónea.
Pero vamos a sus preguntas:
- - ¿Puede meter a alguien? Claro, a quien quiera. Es su derecho como usufructuaria.
Incluso podría irse a vivir a casa de ese novio y alquilar el piso y quedarse con las rentas.
Son derechjos de los usufructuarios.
- - ¿Algo qué respalde a su hijo? Pues simplemente el hecho de ser el propietario.
Porque usted dice que es propietario. ¿No? Ya que dice que está a su nombre.
Lo único que es "nudo propietario" porque existe el usufructo.
De todas formas, el usufructuario está obligado por ley a mantener lo que en usufructo reciba en perfecto estado de conservación y como poco, igual que lo recibió.
Que lo cumpla o no... eso ya es otro cantar, porque si ella no quiere, ni su hijo puede entrar en la vivienda a ver cómo está.
¿Si fallece su suegra? Pues habrá un señor metido dentro que resultará que ese es su domicilio.
O sea, que al fallecer su suegra, el usufructo desaparece. Y su marido es propietario plenamente.
Pero no puede entrar porque es el domicilio de uno.
Tiene que demandar judicialmente hasta que el juez decida echarle.
Las leyes ya se saben que están así.
No tiene más que ver casos en la tele.
Gente que se meten en un piso, pegando una patada a la puerta, o cambiando la cerradura, sin conocimiento del dueño, y ahora el dueño no puede entrar.
Y aunque llame a la policía, si ellos dicen que no se quieren ir, la policía le dice al dueño que no le queda más que demandar judicialmente.
Unos añitos y muchos gastos.
Incluso si resulta que son inmigrantes ilegales.
O sea, que si es español, pues peor.
Estas son las leyes que nos han "encasquetado" con esta democracia.
- - Y si está mal de la cabeza realmente, pueden llevarla a un médico y que inicie un estudio.
Por lo menos de cara a un futuro, que haya un expediente médico de diagnosis, tratamiento, seguimiento... etc.
- - Bueno, ahora otro tema.
Todo esto es imaginando, porque ya le digo, que faltan datos en su pregunta.
Si realmente su marido es el único propietario de la vivienda, y su madre solamente tiene el usufructo, pueden iniciar demanda judicial de división de la cosa común.
Porque los usufructos son valorables.
Y el juez, asignará un importe, se le paga a su suegra, y el juez ordenará que abandone el piso.
Tal vez sería la mejor solución.
Dolorosa, ya que se trata de una madre, pero estoy obligado a informarles de que existe.

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