Reclamación por cantidad

Mi historia puede parecerse a la de muchos otros hombres que se han visto perseguidos judicialmente por el simple hecho de ser hombres y tener un sueldo (el único en el momento de la separación, cierto). Es triste pensar que eso es "punible" (aunque ningún juez dirá que es así, la realidad muchas veces viene a probarlo). Mi ex consiguió que le asignaran una pensión compensatoria casi vitalicia (con 35 años de edad, una carrera y un puesto de funcionario en Francia) y una pensión de alimentos que representaban un poco más del 70% de mi salario neto. Dicho de otra forma mi ex fue a por mi y lo consiguió. El juez aceptó el hecho (en contra de las pruebas: facturas que presentaba)de que los niños iban a una escuela privada y que NO existía una beca de estudios y me obligó a pagar la escuela a mi (al 100%; algo que ni en los tiempos de "matrimonio feliz" podía permitirme). Hoy tengo una sentencia que ha admitido mi recurso y me ha rebajado la pensión de alimentos (al tiempo que pone un límite temporal a la pensión compensatoria). Mientras tanto mi ex ha cobrado de mi y del estado francés (que es el que paga la beca) el coste de la escuela. El juez de mi caso dijo (tras re-demostrar que las becas existían) que ya no era cosa suya y que yo siempre podía pedir una reclamación por cantidad (por lo civil). Mi pregunta es: Visto lo visto, estamos hablado de algo que puede esta reclamación llegar a concretarse, o siendo mi ex una mujer, sin trabajo (¿para qué trabajar con ese salario?) ¿Con la custodia de los niños (me negaron la custodia compartida) tiene y tendrá la justicia de su parte para siempre y por siempre?
La verdad me cuesta entender a la justicia (tengo un embargo porque no le ingresé, bajo pena de "vivir bajo un puente", ¿el 70% de mi salario neto pero tengo derecho a reclamarle por cantidad?)
Gracias por tu pa-ciencia (estas navidades mi hija me pregunto que regalo quería y le contesté: Paz y Tranquilidad, paz y tranquilidad)

1 respuesta

Respuesta
1
Lamentablemente, el exceso de la pensión de alimentos pagada no es reclamable: la Jurisprudencia dice que "son alimentos y se entienden consumidos" .
Si puedes argüir que has pagado en demasía la pensión compensatoria sí podrías reclamar la devolución dele xceso. No es en absoluto fácil... En http://ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com puedes ver mucha información sobre todo lo relacionado con el divorcio.
Lo siento Un abrazo solidario
Antonio

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas