¿Qué puede pasar si no me presento a un juicio contra mi ex mujer y no haberle pagado la pensión?

Estoy en proceso de divorcio con mi ex mujer, tengo 2 hijos en común con ella de 6 y 3 años este ultimo con una minusvalía psíquica reconocida con un 33%
Yo rehíce mi vida con una chica que tiene 2 hijas y vivo con ellas y mi ex mujer rehízo su vida y se fue a vivir a toledo con mis hijos y su nueva pareja
hace unos 6 meses tuvimos un juicio de medidas previas en el que yo acepte todo lo que ella pedía, pero no caí en cuenta que me deja ver a mis hijos fines de semanas alternos desde el sábado a las 10 hasta el domingo a las 20 y yo trabajo los sábados por la mañana y no puedo ir a por ellos, yo he preferido no llamar, no tener ningún tipo de contacto con mis hijos en estos meses a la espera del juicio del divorcio, mi ex mujer me ha denunciado cada vez que me correspondía ir a recoger a mis hijos por incumplimiento de medidas familiares, también me bajaron la nomina y llevo 3 meses sin pasarle nada de la pensión y ella me ha denunciado también por eso.
He tenido que solicitar un abogado de oficio porque la abogada que tenia al no poder pagarla renuncio al caso y necesito que me asesoren
a causa de tantas denuncias me han salido 4 juicios de faltas para este mes. ¿Pasaría algo si no me presento a esos juicios?
El juicio del divorcio sera en unos días quisiera saber que consecuencias puedo tener por haber incumplido las medidas previas todos estos meses, por no haber tenido ningún tipo de contsacto con mis hijos y por no pasarla la pensión. ¿Puedo tener cárcel o alguna pena ecoomica o si lo justifico con el trabajo me pudiera valer?
También quiero saber si me pueden obligar a pasarle las pensiones atrasadas

4 respuestas

Respuesta
3
En relación a la asistencia al juicio de faltas, si usted reside en un partido judicial distinto a aquel en el que se va a celebrar el juicio de faltas, puede presentar un escrito en el Juzgado, con las manifestaciones que considere necesarias para su defensa y no es necesario que asista. Si usted reside en el mismo partido judicial del Juzgado que va a celebrar juicio de faltas, no puede hacer estas alegaciones por escrito, sino que debería acudir a juicio para realizarlas delante del Juez. Si no acude, el Juez unicamente va a valorar, para destruir la presunción de inocencia y dictar una posible condena, las declaraciones que realice su ex-mujer en el jucio y existe una alta probabilidad de que recaiga sentencia condenatoria (seria condenado a pagar una multa y al abono de las pensiones atrasadas).
En cuanto al juicio de divorcio, es un juicio civil, por tanto en el mismo no se le va a imponer ninguna sanción por haber dejado de cumplir el régimen de visitas o haber dejado de pagar la pensión de alimentos. Pero estos hechos pueden jugar en su contra a la hora de que el Juez acceda a sus peticiones realizadas en la demanda o en la contestación a la petición de divorcio (que ignoro cuales pudieran ser...) Si desde que se firmó el convenio con las medidas provisionales han cambiado sus circunstancias laborales y económicas, puede ponerlas de manifiesto en el proceso de divorcio para que se tengan en cuenta a la hora de dictar el convenio definitivo, (lo mejor) o instar posteriormente un proceso de modificación de medidas, para rebajar la pensión, por ejemplo. Pero en cualquier caso, el pago de la pensión de alimentos es una obligación que le corresponde y es mejor pagar menos y solicitar la modificación de la medida, que dejar de pagar, puesto que se enfrentaría a un proceso penal por falta de abandono de familia (como es el caso), o incluso por delito (si deja de pagar 2 pensiones consecutivas o 4 no consecutivas) y además de la pena, debería pagar las pensiones que hubiese dejado de pagar.
Seguro que su abogado de oficio le asesorará perfectamente en estos tramites legales que se abren. No obstante, si necesita cualquier aclaración, no dude en repreguntar.
Mucha suerte y un saludo.
Muchas gracias por su respuesta
Hace casi 8 años tuve un juicio y del cual tengo antecedentes penales, ¿esos antecedentes habrán expirado ya? ¿O me pueden perjudicar si mi ex mujer emprendiera alguna demanda penal por el incumplimiento?
Su abogada quiere embargarme la nomina por llevar 3 meses sin pasar pensión, ¿eso se ejecuta en el momento o tardara varios meses en embargarmela? Muchas gracias por responder
Para que le pueda perjudicar, es decir para que se le pueda aplicar el agravante de reincidencia, es necesario que el antecedente lo sea por delito de la misma naturaleza y que no esté cancelado.
Imaginemos que fue condenado por hurto y ahora lo denuncian por delito contra los derechos y deberes familiares. Aunque tenga antecedentes por hurto no le "perjudicaría" porque ese antecedente no es computable a los efectos del abandono de familia.
En cuanto a la cancelación, b depende de varios factores de los que carezco de información: debería saber la pena que le fue impuesta y si hubo suspensión de la condena, o cuando finalizó usted de cumplir la pena, si no hubo suspensión. Por tanto, aunque el antencedente no esté cancelado, por los motivos que le digo, no le perjudicaría si la condena lo fue por delito de distinta naturaleza.
Para que pueda quedar embargada su nomina, su ex-mujer debe solicitar del Juez que le obligue al pago forzoso y esto supone un nuevo proceso. Desde que la abogada de su ex mujer presente la demanda ejecutiva con la solicitud de embargo hasta que sea admitida por el Juez y ordene el embargo de las cuentas bancarias, pueden pasar dependiendo del volumen de asuntos del Juzgado, desde unas cuantas semanas hasta algún mes que otro.
Respuesta
2
1º. En cuanto al pago de la pensión alimenticia por sus hijos: no solo le puede embargar su exesposa por el importe que le adeuda, sino que además es un delito que tiene asociada una pena de cárcel de entre 3 meses y un año.
2º. En cuanto a dejar de ver a sus hijos: ello puede ser el origen de una decisión judicial en que le retiren la patria potestad y le impidan verlos en el futuro.
3º. En cuanto a los juicios de faltas: no pasa nada si no va, pero le condenarán a penas económicas que, de no pagarse, pueden convertirse en penas de privación de libertad.
Usted tiene encima de la mesa una decisión judicial sobre régimen de visitas y pago de pensión alimenticia. Si han cambiado las circunstancias en la que se dictó esa resolución, puede usted pedirle al mismo juez que la varíe, por ejemplo, pagando menos o aspirando a un régimen de visitas a sus hijos más flexible. Pero en el caso de que simplemente incumpla con lo ordenado por un juez, tendrá graves consecuencias que pueden derivar en su privación de libertad. De todas formas, el hecho de no pagar tres mensualidades no es especialmente grave, y su esposa le ha puesto las denuncias para los juicios de faltas porque lo que quiere es aportar las sentencias que recaigan en el procedimiento de medidas, con el fin de variar éstas e impedirle ver a sus hijos.
Respuesta
2
Si no se presenta a los juicios no se podrá defender y los más probable es que le condenen.
Si no tiene ingresos y no puede pasar la pensión, no existe delito. Ahora bien, si teniendo ingresos no la pasa y le denuncia vía penal su ex mujer, tendrá problemas.
Le pueden obligar a pasar las pensiones atrasadas hasta los cinco años.
Tengo nomina pero me bajaron el sueldo y como yo vivo con mi pareja y sus dos hijas pues nos llega para vivir pero no para pasarle la pensión a mi ex mujer
Se que la ahogada de ella ha echo los tramites para que me embarguen la nomina, ¿eso lo puede hacer? Solo llevo 3 meses sin pasarle la pensión, ¿cuándo se ejecutara? ¿Me avisan a mi antes?
Gracias por las molestias
SI que lo puede hacer. Le llegará una notificación del Juzgado para el embargo.
No obstante, si sus circunstancias económicas han empeorado puede solicitar una modificación de medidas con el objeto de rebajar la pensión.
Respuesta
2
Si no se presenta a esos juicios de faltas, según el artículo 967.2 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, podrían sancionarle con multa de 200 a 2.000 euros, pero en la práctica los jueces no suelen poner multa por este motivo. En el juicio de divorcio no le van a condenar por incumplir las medidas previas, para eso se tiene que acudir a la vía penal mediante denuncia de su cónyuge o a la civil solicitando la ejecución de las medidas previas. En el juicio de divorcio el juez únicamente va a declarar el divorcio y va a fijar las medidas definitivas, que van a tratar más o menos sobre lo mismo que las medias previas, es decir, adjudicación del uso y disfrute de la vivienda conyugal, la guarda y custodia de los hijos, pensión de alimentos, pensión compensatoria, etc. Su cónyuge puede reclamar las pensiones atrasadas, pero para ello debe presentar una demanda de ejecución de medidas o una denuncia o querella por abandono de familia.
Tengo entendido que la abogada de mi ex mujer realizo los tramites para ejecutar mi nomina hace unos días al no pasarle la pensión desde hace 3 meses.
¿Cuándo me emargaran la nomina? ¿Eso se me notificara a mi antes?
Gracias
El juzgado le ordena a su empresa que retenga la cantidad correspondiente de su nómina, no se le notifica a usted.

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas