Falta de comunicación con hijos de 9 y 6 años

Soy padre no custodio de dos niños de 9 y 6 años. Estamos separados desde hace un año. En todo este tiempo ella ha utilizado la custodia de una forma totalmente excluyente respecto a mi. Siempre ha intentado mantenerme alejado y desinformado de la vida de los críos. Ha llegado a apuntar el crio a catequesis sin llegar a informarme. Además entre otras cosas esta limitando mi comunicación con ellos. Intento hablar con ellos, llamando al teléfono móvil de ella y no lo coge nunca. Me vi obligado a pedirle mediante burofax que me indicara una franja horaria y un número de teléfono para llamar, pero sigue sin permitirme comunicarme con los críos.
¿Se puede denunciar esto?, si se puede denunciar ¿serviría de algo?, evidentemente siempre puede decir aquello ¡Me deje el teléfono en el piso¡, o ¡ Le puse el modo vibrador y no lo sentí¡
¿Cómo puedo obligarla a que me conteste el teléfono?, repito que no era para hablar con ella, era para charlar con los críos.

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El ordenamiento jurídico ampara el derecho del progenitor no custodio de poder comunicar (por el medio que sea), convivir, compartir su tiempo, etc. De igual modo, es un derecho del menor. Por tanto, sería algo susceptible de ser reclamado ante el tribunal que dictó la sentencia de divorcio/separación. No le engaño en que será difícil demostrar la actitud de la madre en impedir dicha comunicación. Es evidente que las justificaciones o argucias que se pudieran emplear para justificar el no responder al teléfono son innumerables.
Respecto a la posible denuncia, mi opinión es que si se puede demostrar claro que se podría solicitar al juez la ejecución de la sentencia en lo referente a la posibilidad de comunicar con los menores. Usted tiene derecho a saber, por ejemplo, de la evolución de sus hijos en el colegio. ¿Cómo se puede conseguir? Acudiendo al centro, hablando con el tutor de los menores y solicitándole información puntual sobre la evolución, notas, actitud en clase, etc.
Respecto al tema de las llamadas, entiendo que se le podría solicitar al juez la interposición de una franja horaria en la que usted pueda llamar al domicilio para hablar con sus hijos (cosa que usted ya ha intentado de modo privado). Una vez conseguida la misma, si su ex esposa no accede a ello, estaríamos hablando de un incumplimiento por su parte de una decisión judicial. Habría que preparar muy bien dicha demanda para que el juez acceda a dicha petición.
Entiendo que su abogado será quien mejor pueda dirigirle en este camino y quien mejor vea las posibilidades de llegar a buen puerto o no, pero en mi opinión usted y sus hijos tienen todo el derecho del mundo a comunicarse (vía telefónica, carta, sms, e-mail, etc).

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