LAs grabaciones sin consentimiento no suelen ser aceptadas como prueba. Si tienes testigos cualificados (maestro, sacerdote, asistente social...)que declaren que tu mujer no trata bien a la niña tienes posibilidades de conseguir su custodia en caso de divorcio.
De otro modo tendrás que irte de la casa y "visitar" a tu hija dos fines de semana al mes. Sin embargo, la lucha de los padres separados comienza a dar sus frutos y se va a retocar la LEy de divorcio. Nuestra batalla es siempre conseguir la custodia compartida y tenemos alguna esperanza de que se legisle a favor. Espera un poco a ver si la nueva Ley es más favorable. Te recomiendo consultar
http://ayudaafamiliasseparadas.fiestras.com para obtener mucha información y sentencias sobre el tema.
Particularmente:
"grabaciones APortadas con demanda de separación
Madrid AP/03
11- 1-2002
Prueba ilegitima
Grabaciones aportadas con demanda de separación
Ponente: Abad Arroyo, MP..- Rº 383/2001
No es aplicable la eximente del art. 20.7 del CP
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Tal y como se recoge en la sentencia del TS de 14 May. 2001 que de forma extensa y magistral analiza un supuesto muy similar al presente, el art. 197 del CP describe un delito en el que el sujeto activo del tipo es «el que» realice alguna de las acciones típicas, es decir, cualquier persona sin distinción y sin excepción y el sujeto pasivo es «otro» cualquiera que sea este otro sin exclusión alguna, siendo significativo que en el CP vigente haya desaparecido incluso la dispensa penal que favorecía a padres o tutores respecto del descubrimiento de secretos de sus hijos o menores que se hallaren bajo su dependencia..."
Que no cabe aquí (sección Consejos jurídicos..).
Un abrazo solidario
Antonio