Aceptación de herencia

Mi caso es el siguiente:somos 4 hermanos y madre, nuestro padre falleció sin testar, se hizo en su momento declaración de herederos, existe una vivienda que queremos vender y tenemos comprador, ¿es cierto que para escriturar la vivienda el comprador, tenemos que hacer nosotros una aceptación de herencia? ; ¿Hay otra forma de hacer la venta y la escritura?, gracias.
Respuesta
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Para poder vender la vivienda tendréis que hacer una escritura de aceptación de la herencia ya que si no el registrador de la propiedad no os va a permitir escribirla a vuestro nombre, y por lo tanto venderla como propietarios.
Con la declaración de herederos lo que se hace es suplir el testamento inexistente y se declara quienes son los herederos del fallecido, pero para que se conviertan en propietarios de su herencia es necesario que la acepten en escritura pública hecha ante notario, ya que podría ocurrir que unos herederos quieran aceptarla o que no, o nadie quiera aceptarla con lo que se haría propietario de la misma el Estado, es por eso que debéis expresar vuestro deseo de haceros propietaria de la misma por medio de una escritura de aceptación de herencia.
Esta escritura os servirá para declarar los correspondientes impuestos municipales y de hacienda, y además será la que tendréis que presentar al regostrador correspondientemente sellada por ayuntamiento y hacienda para que os permita inscribirla en el registro de la propiedad.
Una vez seáis propietarios de la vivienda, la podréis vender.

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