Herencia sin testamento

Al fallecer uno de mis suegros sin hacer testamento, desconocemos los tramites legales que tenemos que efectuar los hijos y si no hacer nada hasta el fallecimiento del cónyuge implica alguna responsabilidad legal
Agradeceré sus aclaraciones al respecto
Respuesta
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Tanto si hay testamento, como si no lo hay, los pasos a seguir son los mismos.
Lo primero que debéis obtener es Certificado Literal de Fallecimiento y presentarlo en Registro, solicitar 2 o 3 originales, porque os harán falta.
Después con un original de estos, tenéis que ir a la Seguridad Social, para arreglar la pensión de viudedaz del cónyuge que quede vivo.
A continuación hay que ir a los bancos que hubiera dinero a pedir Certificado de Saldos a la fecha de la muerte del fallecido, porque al morir 1 persona del matrimonio, y enterarse en el banco, las cuentas se congelan, precisamente para que no haya problemas con el tema de herencias.
Después de esto, hay que hacer un inventario con todas las propiedades materiales que tuviera el matrimonio y, a continuación hay que ir a la Comunidad de Madrid y solicitar el Impuesto de Sucesiones de Herederos, rellenarlo y sobre la cantidad que salga (normalmente es la mitad de los bienes del matriimonio, para los herederos legales, hijos) hay que pagar a la Comunidad de Madrid.
Con este Impuesto pagado, se lleva a los bancos y así se desbloquean las cuentas.
Espero que todo esto te ayude, para todo este papeleo, tienes 6 meses.

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