Documento Privado

Leyendo vuestro tablón me ha facilitado la forma de realizar mi pregunta.
Resulta que entre varias personas vamos a redactar un documento en el que llegamos a un determinado acuerdo (va relacionado con un tema de herencias, pero no afecta al fondo de la duda).
Mi recelo, es la duda de si ese documento tiene alguna validez oficial, y no solo entre las partes firmantes. Yo entiendo que no; pero lo que no sé, porque desconozco el mundo del derecho, es la forma que existe de hacer ese papel valga en cualquier momento y ante cualquier autoridad.
Por lo que he leído, quizás lo que deberíamos hacer es "Elevar a Escritura Pública un documento privado". Si es así, ¿Cómo lo deberíamos de hacer? Ya le adelanto, que no habría problema en acudir, si ese es el caso, ante un Notario a firmar cada uno de los interesados. Y cuánto podría llega a costarnos aproximadamente ese trámite.

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Hay documentos, como por ejemplo, un contrato de alquiler, una compreventa de un coche, un alquiler de un coche, un contrato de seguro de vida... etc, que son documentos entre dos partes y son totalmente legales. Se pueden plantear demandas con ellos y los jueces los admiten sin necesidad de que hayan pasado por una notaría.
El tema es que no dice qué documento van a firmar, así que poco se le puede decir.
Si se trata de una herencia, de la aceptación de la misma, desde luego que lo que no esté ante notario no tiene validez ante la Administración, es decir, que por ejemplo si usted se adjudica un piso nunca podría registrarlo a su nombre con ese documento privado.
Desde luego, y dependiendo del motivo y de lo que trate ese documento, al firmarlo ante notario le da un carácter de solemnidad y una fuerza legal que supera cualquier documento privado.
Respecto a cómo hacer el documento público, pueden hacer un borrador (borrador que no van a firmar ya que el notario es el que redacta) y llevarlo al notario o simplemente ir a notaria, exponer lo que quieren reflejar en el documento y aportar los documentos que lo amparen. El notario será el que lo redacte y le de forma legal.
El coste variará de lo que contenga el documento, pero calculen unos 50 euros como mínimo, aunque ya le digo que dependiendo de su contenido puede variar y a veces en mucho. Por ejemplo, m si se tratara de la venta de una finca, el notario cobraría dependiendo del valor de la finca. Como no dice de lo que se trata, no le podemos decir un costo ni siquiera aproximado, pero aunque lo dijera, como desconozco las tarifas y sus condicionantes de los notarios, pues no les podría orientar.
Por favor, valore y finalice la respuesta para que se me quede libre.
Muchas gracias por la explicación.
El tema es que una 1ª persona hereda junto con una 2ª, una determinada herencia. La 1ª persona quiere "compartir" dicha herencia con otras 3ª y 4ª persona, todo ello en un futuro, con la condición de que si al fallecimiento de la 2ª persona, cualquiera de las 1ª, 3ª o 4ª heredase de ella, hicieran lo mismo.
En definitiva, lo que se pretende es que la suma de las herencias actual, más la que deje la 2ª persona, se reparta entre las otras 3. Y ese es el papel que se pretende firmar: "el compromiso de llevar a cabo ese reparto" que en su día se hará, supongo con un montón de formalidades, papeleos y desembolso económico. Pero mi inquietud en estos momentos es la de que ese papel de compromiso mutuo tenga toda la validez del mundo.
(Por si le surge la duda, entre los hasta ahora dos herederos actuales, ya se están haciendo todos los trámites correspondientes a pago de Impuestos de Hacienda y Ayuntamiento y todo eso)
Gracias y un saludo; hasta pronto.
Pues son esos dos herederos los que han de aceptar la herencia. Ellos solos.
Luego, si quieren firmar un acuerdo con otras dos personas, pueden hacerlo y mejor llevarlo al notario para que levante acta.
Solo veo tres problemas para ese documento privado:
Primero, que al notario habrán de ir los cuatro, aportando documentación sobre los bienes de cada cual. Y estos bienes, con el paso del tiempo, pueden variar. Porque si uno tiene una necesidad y tiene un piso, ¿no lo puede vender? O ¿No puede pedir un préstamo hipotecario sobre el piso? Y esa deuda quedaría sobre los otros tres. Eso si paga el préstamo, porque ¿y si deja de pagarlo, se lo embargan y lo vende en pública subasta y se pierde?
Pero además, cualquiera de los 4 podría ver incrementado su patrimonio, porque le tocara la primitiva, porque recibiera una herencia, porque decidiera comprarse un piso en la costa para las vacaciones... en fin muchas variantes que habrán de quedar recogidas en ese documento.
Segundo: ¿Qué pasa si uno de los 4 hace más adelante un testamento y tras su fallecimiento se encuentran con que deja sus bienes a otras personas? ¿Ese documento dejaría sin efecto ese posterior testamento?
Tercero: No se si están casados o no, si tienen hijos o no... si sus padres viven o no... en fin, que las posibilidades de variaciones en ese documento son muchas. Además, ¿si alguno está soltero y se casa ¿Qué? Porque su esposa tendría algunos derechos. ¿No? ¿Y los hijos? Pues también...
En fin, que son tantos temas legales y tan específicos, que yo creo que es el notario quien les podrá indicar mejor que nadie la viabilidad de este tema y les podrá orientar en la redacción de ese documento.
Los notarios son al fin y al cabo los que al final otorgan las propiedades a quienes les correspondan según sus derechos.
Yo creo que la única persona que les puede asesorar es el notario o ponerlo el tema ya que tan importante es en manos de un abogado, sentarse tranquilamente y cada uno exponer sus temas y redactar ese documento que han de llevar al notario.
En fin, que ante tantos condicionantes y sin saber al detalle la situación de cada uno de los 4, no creo que nadie pueda darles una contestación fiable.

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