Como saber si apareces en eltestamento
Mi caso es que mi abuela que falleció en el 94, vivía con mi madre que era viuda y conmigo y otro hermano, el caso es que siempre me pareció que quería dejarnos un piso para cada uno de los nietos de os cuales ella era propietaria y que siempre había tenido en alquiler, la pregunta seria si nos dejo algo como podríamos saberlo ya que mi madre nunca nos ha hablado de ello.
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Respuesta de El Fede
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En el tema de herencias, como en cualquier asunto legal, hay muchos "flecos". Muchas pequeñas cosas que pueden hacer que todo varíe.
Que nada sea lo que parece.
Su caso es bastante complicado porque hay que tener en cuenta muchos factores.
Primero su abuelo. No habla de él, pero imagino por lo que dice que moriría hace tiempo.
Y seguro que estaba casado con su abuela en gananciales, que es lo normal.
Y si estaban casados en gananciales, la mitad de cada uno de esos pisos era de cada uno.
50% del abuelo y 50% de la abuela.
Por ello, puede ser que se enfrente a dos herencias.
Dos herencias diferentes aunque tengan que ver con los mismos pisos.
Y cuando acepten las herencias han de hacer los mismas gestiones para cada una.
Pero bueno, vamos a centrarnos en su abuela lo primero.
La herencia de su abuela, (que ya digo que puede tratarse del 50% de cada piso), depende mucho de si dejó o no testamento y del reparto que en él haya hecho.
Si no dejó testamento, la única heredera es su madre (y hermanos, sus tíos, que no dice si hay).
Si dejó testamento, hay que tener en cuenta la Ley.
La Ley dice que los hijos tienen derecho a dos tercios de la herencia.
Solo un tercio es de libre disposición y puede dejarlo libremente a quien guste.
O sea, que pongamos que hay seis pisos de similar valor.,
Por Ley, en legítima a su madre le corresponden 4 y los otros dos puede haberlos dejado a dos nietos. Uno a cada uno.
Es solo un ejemplo. El caso es que de lo que deje, los dos tercios son inexcusablemente para su madre.
Y solo puede disponer para otras personas del tercio restante.
Por eso, lo primero es ver si dejó o no testamento.
Consiga un certificado original de defunción y con él vaya a la secretaría del ministerio de justicia de su ciudad.
Y allí pide un "CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES".
En este certificado dice si hizo o no testamento y si lo hizo, ante que notario y en que fecha.
Si hizo varios a lo largo de su vida, el válido es el más reciente.
No tiene más que ir a ese notario y la dará copia, si es que usted está nombrado en el testamento, y por tanto si es que es heredero.
Por supuesto que todo esto puede hacerlo usted mismo y sin que los demás se enteren. Nadie se va a enterar.
Aparte, le recomiendo que haga una verificación en el registro de la propiedad.
Los registros de la propiedad son públicos, así que con los datos de su abuela puede pedir notas simples de las posesiones que tuviera.
Y lógicamente, si las tenía en gananciales con su abuelo, eso constará y dirá que posee el 50% de tal piso ... y de tal otro... etc.
O sea, que como ve, hay muchos condicionantes.
Por ello, ha de empezar a hacer gestiones, y primero ver lo que poseía y al mismo tiempo pedir el certificado de últimas voluntades y conseguir el testamento si lo hay.
Por otro lado, una vez averiguado todo, le recomiendo dos cosas:
1ª que convenza a su madre de que haga testamento, que no sabe los problemas y gastos que se van a ahorrar cuando ella falte.
2ª Que su madre vaya a un notario y acepte la herencia de sus padres.
Porque las herencias son un derecho, pero no una obligación.
Por tanto han de aceptarse o rechazarse, pero ante notario.
Es la Ley.
Como comprenderá, mientras no se acepte ante notario, no se es dueño de nada.
Y si ella muere sin haberse hecho dueña de la herencia de sus padres, van a tener usted y su hermano, muchos problemas.
Y tendrán que recurrir a un juez para que les haga herederos.
Gastos, retrasos y problemas, cuando con un testamento, es barato y la mar de sencillo.
Con lo fácil que es ir a un notario con un testamento en la mano y hacerse dueño.
Bueno, pues un saludo y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.
Cuando haya hecho las averiguaciones que le he indicado, ya puede abrir una nueva consulta.
Que nada sea lo que parece.
Su caso es bastante complicado porque hay que tener en cuenta muchos factores.
Primero su abuelo. No habla de él, pero imagino por lo que dice que moriría hace tiempo.
Y seguro que estaba casado con su abuela en gananciales, que es lo normal.
Y si estaban casados en gananciales, la mitad de cada uno de esos pisos era de cada uno.
50% del abuelo y 50% de la abuela.
Por ello, puede ser que se enfrente a dos herencias.
Dos herencias diferentes aunque tengan que ver con los mismos pisos.
Y cuando acepten las herencias han de hacer los mismas gestiones para cada una.
Pero bueno, vamos a centrarnos en su abuela lo primero.
La herencia de su abuela, (que ya digo que puede tratarse del 50% de cada piso), depende mucho de si dejó o no testamento y del reparto que en él haya hecho.
Si no dejó testamento, la única heredera es su madre (y hermanos, sus tíos, que no dice si hay).
Si dejó testamento, hay que tener en cuenta la Ley.
La Ley dice que los hijos tienen derecho a dos tercios de la herencia.
Solo un tercio es de libre disposición y puede dejarlo libremente a quien guste.
O sea, que pongamos que hay seis pisos de similar valor.,
Por Ley, en legítima a su madre le corresponden 4 y los otros dos puede haberlos dejado a dos nietos. Uno a cada uno.
Es solo un ejemplo. El caso es que de lo que deje, los dos tercios son inexcusablemente para su madre.
Y solo puede disponer para otras personas del tercio restante.
Por eso, lo primero es ver si dejó o no testamento.
Consiga un certificado original de defunción y con él vaya a la secretaría del ministerio de justicia de su ciudad.
Y allí pide un "CERTIFICADO DE ÚLTIMAS VOLUNTADES".
En este certificado dice si hizo o no testamento y si lo hizo, ante que notario y en que fecha.
Si hizo varios a lo largo de su vida, el válido es el más reciente.
No tiene más que ir a ese notario y la dará copia, si es que usted está nombrado en el testamento, y por tanto si es que es heredero.
Por supuesto que todo esto puede hacerlo usted mismo y sin que los demás se enteren. Nadie se va a enterar.
Aparte, le recomiendo que haga una verificación en el registro de la propiedad.
Los registros de la propiedad son públicos, así que con los datos de su abuela puede pedir notas simples de las posesiones que tuviera.
Y lógicamente, si las tenía en gananciales con su abuelo, eso constará y dirá que posee el 50% de tal piso ... y de tal otro... etc.
O sea, que como ve, hay muchos condicionantes.
Por ello, ha de empezar a hacer gestiones, y primero ver lo que poseía y al mismo tiempo pedir el certificado de últimas voluntades y conseguir el testamento si lo hay.
Por otro lado, una vez averiguado todo, le recomiendo dos cosas:
1ª que convenza a su madre de que haga testamento, que no sabe los problemas y gastos que se van a ahorrar cuando ella falte.
2ª Que su madre vaya a un notario y acepte la herencia de sus padres.
Porque las herencias son un derecho, pero no una obligación.
Por tanto han de aceptarse o rechazarse, pero ante notario.
Es la Ley.
Como comprenderá, mientras no se acepte ante notario, no se es dueño de nada.
Y si ella muere sin haberse hecho dueña de la herencia de sus padres, van a tener usted y su hermano, muchos problemas.
Y tendrán que recurrir a un juez para que les haga herederos.
Gastos, retrasos y problemas, cuando con un testamento, es barato y la mar de sencillo.
Con lo fácil que es ir a un notario con un testamento en la mano y hacerse dueño.
Bueno, pues un saludo y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.
Cuando haya hecho las averiguaciones que le he indicado, ya puede abrir una nueva consulta.
Mi caso es que mi abuela que falleció en el 94, vivía con mi madre que era viuda y conmigo y otro hermano, el caso es que siempre me pareció que quería dejarnos un piso para cada uno de los nietos de os cuales ella era propietaria y que siempre había tenido en alquiler, la pregunta seria si nos dejo algo como podríamos saberlo ya que mi madre nunca nos ha hablado de ello. Gracias por ayudarme, un saludo
Primeo dar las gracias porque hay personas que dedican parte de su tiempo a ayudar a otras. Respecto a mi abuela era viuda y de mi abuelo se poco porque se separon al lo pocos años de casarse pero supongo que sin papeles, mi madre fue hija única y la aclaración que me gustaría que hiciera es que papeles deb llevar para pedir la verificación de propiedades y también si mi madre pudo aceptar a herencia pero la vez no cambiar las propiedades de nombre y aun estar a nombre de mi abuela lo digo porque mi madre tiene unas tierras y aun esta a nombre e mi padre que falleció en el 87, por eso me imagino que lo demás estará igual... gracias y un saludo.
Si su madre aceptó la herencia y se guardó las escrituras o han desaparecido, estamos en las mismas. No se puede saber.
Y tenga en cuenta que legalmente, el propietario de una finca es el propietario registral.
Por tanto, lo primero es ver con los datos de su abuela las fincas que a su nombre estén.
Y de paso puede ver lo mismo con los datos de su madre. Nombre y DNI.
Porque si se hace un testamento, el notario lo notifica al registro central de últimas voluntades.
Pero si se hace una escritura no notifica nada a nadie.
Así que no hay forma de verlo.
Pongamos que un día fallece su madre y si que hizo la escritura de aceptación de herencia pero no la registró. M
Entonces, usted acepta la herencia de su abuela y la de su madre. Y registra a su nombre. Aunque su madre hubiera hecho lo de su abuela.
Porque repito que no se puede saber, salvo que encontrara por casualidad las escrituras.
Así que aunque existieran, usted hace la aceptación de su abuela y las inscribe. No hay problema.
Pero insisto que el propietario es el propietario registral.
Y si su abuela se separó de su abuelo, (Y más si realmente fue sin papeles), ya puede hacer averiguaciones y verificar también lo de su abuelo, a ver si a su nombre dejó algo, porque su madre tiene derecho a ello.
No es cuestión de perderlo.
Respecto a las tierras que estaban a nombre de su padre, estamos en las mismas.
Por cierto que dice que "mi madre tiene unas tierras". Pues NO.
Su madre no tiene esas tierras. Están a nombre de su padre, pero las tierras son suyas, que como hija es la heredera.
Que si eran de su padre, la hija es la que hereda, no la esposa.
Ya puede usted hacer la aceptación de herencia de su padre y que pasen a ser suyas.
Porque la heredera de su padre es usted.
Y no deje pasar el tiempo, que ya ve los jaleos a los que va a tener que enfrentarse por dejar las herencias sin aceptar y no resolver los asuntos a su tiempo.
Ya tiene por delante cuatro herencias: La de su abuelo, la de su abuela, la de su padre y la de su madre cuando ella fallezca.
Un saludo y no olvide finalizar la pregunta.
Y tenga en cuenta que legalmente, el propietario de una finca es el propietario registral.
Por tanto, lo primero es ver con los datos de su abuela las fincas que a su nombre estén.
Y de paso puede ver lo mismo con los datos de su madre. Nombre y DNI.
Porque si se hace un testamento, el notario lo notifica al registro central de últimas voluntades.
Pero si se hace una escritura no notifica nada a nadie.
Así que no hay forma de verlo.
Pongamos que un día fallece su madre y si que hizo la escritura de aceptación de herencia pero no la registró. M
Entonces, usted acepta la herencia de su abuela y la de su madre. Y registra a su nombre. Aunque su madre hubiera hecho lo de su abuela.
Porque repito que no se puede saber, salvo que encontrara por casualidad las escrituras.
Así que aunque existieran, usted hace la aceptación de su abuela y las inscribe. No hay problema.
Pero insisto que el propietario es el propietario registral.
Y si su abuela se separó de su abuelo, (Y más si realmente fue sin papeles), ya puede hacer averiguaciones y verificar también lo de su abuelo, a ver si a su nombre dejó algo, porque su madre tiene derecho a ello.
No es cuestión de perderlo.
Respecto a las tierras que estaban a nombre de su padre, estamos en las mismas.
Por cierto que dice que "mi madre tiene unas tierras". Pues NO.
Su madre no tiene esas tierras. Están a nombre de su padre, pero las tierras son suyas, que como hija es la heredera.
Que si eran de su padre, la hija es la que hereda, no la esposa.
Ya puede usted hacer la aceptación de herencia de su padre y que pasen a ser suyas.
Porque la heredera de su padre es usted.
Y no deje pasar el tiempo, que ya ve los jaleos a los que va a tener que enfrentarse por dejar las herencias sin aceptar y no resolver los asuntos a su tiempo.
Ya tiene por delante cuatro herencias: La de su abuelo, la de su abuela, la de su padre y la de su madre cuando ella fallezca.
Un saludo y no olvide finalizar la pregunta.
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