Notificación Notarial

Hace años que carezco de relación con mi familia. Esta semana ha fallecido mi abuelo (siguen vivos mis padres y tíos) y hoy ha acudido a mi domicilio un notario. Yo no estaba en casa, pero intuyo que su visita pudiera estar relacionada con alguna cuestión consecuencia del mencionado fallecimiento.
Mi pregunta es: ¿Puede ser que la familia haya decidido "informarme" del fallecimiento mediante notificación notarial? O ¿Existe algún tramite testamentario que pueda realizarse a través de intervención notarial que se notifique domiciliariamente? Y, en caso de que así sea, ¿qué sucedería si el notario no me encontrara en casa para hacer efectiva la notificación?
Me he informado por algunos posts de los tramites necesarios para averiguar la existencia (o no) de testamento, y como saber si se me nombra en él a efectos de heredar, pero... ¿cuál es el plazo y requisitos para solicitar la apertura de testamento? ¿Si se abriera éste por solicitud terceros y se me menciona, como puedo saberlo?
Mil gracias por el trabajo que hacéis, salvo en lo mencionado, me habéis resultado de gran ayuda!
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Vayamos por partes, porque son muchas las cosas que plantea.
Primero, si esta semana ha fallecido su abuelo y se presenta un notario en su casa, dudo mucho que tenga que ver una cosa con la otra, ya que Cuando alguien fallece hay que dejar pasar quince días hábiles para poder podir el certificado de últimas voluntades, por lo que el plazo no ha pasado y hasta dentro de un par de semanas (contar los días hábiles) no se puede saber ante quien ha hecho testamento, ni por supuesto, conocer el contenido ni menos saber cómo reparte la herencia el fallecido.
Por tanto, la visita del notario ha de ser por otro motivo. Mejor que le consulte.
Segundo: Que la familia haya decidido informarse del fallecimiento mediante notificación.
Pues también lo dudo. No valen de nada declaraciones por muy ante notario que se haga. Si alguien ha fallecido, se le pide información al Registro Civil, que para eso está y el Registro dará un certificado de defunción si corresponde. Pregunte al notario a ver a qué ha ido. Lo demás, son todo imaginar cosas y hacer suposiciones que no llevan a nada concreto y solo hacen que producir dudas y quebraderos de cabeza. Además, el notario es un fedetario público, por lo que no es nada peligroso el verse con él. Seguro que ha ido por otro motivo.
Tercero: Habiendo hijos, del fallecido, estos son los que heredan, al menos la legítima, que son las dos terceras partes de la herencia. La otra tercera parte es de libre disposición y la puede haber dejado a cualquiera, pero hasta que no se conozco el testamento que aparezca en el certificado de últimas voluntades como "el último" No se va a saber. Por tanto, tiene que ver ese testamento.
Cuarto: Eso de apertura del testamento ya no se lleva. Cuando alguien fallece, con el certificado de defunción y el de últimas voluntades se va al notario que ha hecho el último (ya que cualquier testamento anula los anteriores) y cada cual, que no tienen porqué ir todos de la mano, puede pedir una copia del testamento a ese notario. Y cada cual lo lee y no tiene ni siquiera obligación de que los demás lo sepan. Eso de "abrir" el testamento queda para las películas.
Quinto: Respecto al plazo para aceptrar una herencia, son 30 años. Pero el plazo para pagar el impuesto de sucesiones los herederos, es de seis meses desde el fallecimiento. En caso contrario, se incurre en un recargo y comienzan a correr los intereses de demora.
Bueno, salvo otras dudas, creo que todas las que plantean se las he contestado.
Si no tiene más que añadir, le ruego valore y finalice la respuesta para que se me quede libre.
Muchísimas gracias por su ayuda y por la rapidez y diligencia prestados. Me informare entonces y si surgiera alguna otra duda al respecto les tendré al día.

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