Puede negarse parte de la legitima a los hijos

Mi padre falleció hace unas semanas, estaba separado de mi madre desde hace años, y vivía con una mujer con la que no se había casado ni se habían registrado en el registro de parejas de hceho.
Estamos a la espera de recibir información sobre el testamento, pero todo parece indicar que la casa en la que vivía se la va a dejar en usufructo a la persona con la que vivía, que tiene prácticamente nuestra edad ( la de mis hermanos y la mía), y suponemos que si tenía algo de dinero nos lo habría dejado a nosotros ( pero este dinero puede suponer una parte mínima respecto al valor de la casa. No entendemos si esto se puede hacer y máxime considerando que cuando esa persona muera quizás nosotros no estemos aquí para recibir ninguna herencia, eso sería tanto como desheredarnos. ¿Esto es legal? ¿Lo podría hacer? ¿Sería impugnable?

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Pues la legítima es la parte de la herencia de una persona, que la Ley reserva obligatoriamente para los llamados herederos forzosos.
El testador no puede dejárselo a otra persona.
La legítima son dos tercios de la herencia y en este caso, los herederos forzosos son los hijos. El otro tercio es de libre disposición y habrá que esperar a ver el testamento a ver qué ha dispuesto.
Por otro lado, si el piso se compró en gananciales, estando su madre y su padre, la mitad es de su madre y la otra mitad de su padre. Por lo tanto, su padre no podría disponer de todo el piso.
Por otro lado, si sus padres no estuvieran separados legalmente, o lo estuvieran por culpa de su padre, su madre tendría el usufructo de un tercio de su herencia (art. 834 del C.Civil).
Por otro lado, el usufructo es valorable y la Ley admite valorarlo y pagarle lo que corresponda. Pero eso seguro que pasará por el juzgado, a no ser que se avenga a un acuerdo aparte.
En fin, que más o menos, por aquí van los tiros, pero depende del testamento y otras cosas, (muchas veces de los jueces, que ya nos tienen acostumbrados a las sentencias más insólitas).
Esperen al testamento, y mejor, vayan a consultar con un abogado de su localidad. El asunto es de la suficiente importancia para ello. Una consulta en su despacho, puede costar unos 50 euros y verá el tema con detenimiento.
Mis padres están separados legalmente, Cuando solicitó la separación mi padre ya comenzaba a vivir con esta señora. ¿Sigue teniendo entonces mi madre derechos?
Cuando dice que el usufructo se valora, ¿significa qué para quedarnos con lo que legalmente nos pertenece en teoría, podríamos tener que pagar?
Muchas gracias por su contestación y su aclaración.
Saludos
Si hay separación firmada, su madre, ya ha perdido sus derechos a usufructo. Imagino que no la nombrará su padre en el testamento.
Y efectivamente, si se negocia, se compra el derecho del usufructo. Habría que valorarlo y pagar.
Pero eso, dependerá mucho del testamento y de su redacción. Hay que esperar.
Por cierto, que es posible que su padre tuviera las cuentas con ella. Si es así, el 50% del saldo es de cada uno. Ella puede disponer de su parte.
El 50% de su padre, es lo que entra en herencia. (Saldos, IPFs, seguros de vida, planes de pensiones, acciones... etc.).
Les deseo suerte.

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