Casa con hipoteca.

Perdona Guasquira, pero en la consulta que te hicieron sobre casa privativa con hipoteca, hay que tener en cuenta que la vivienda habitual, en España, tiene un tratamiento especial.
Es privativa por la parte pagada antes del matrimonio, y ganancial por la parte pagada desde el día de la boda. Por lo tanto, en el caso que te consultaron, la viuda en DUEÑA de la mitad pagada desde el día de la boda, hasta el fallecimiento de su marido, independientemente de que esa porción aumentará si sigue pagando ella sola dicha carga.
La madre del fallecido es propietaria de la parte privativa, grabado el 50% con el usufructo a favor de la viuda.
Un saludo.

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Tienes razón, igual tu entendiste mejor la pregunta que yo, pues la interprete como comprada de soltero he hipoteca después. Tampoco encontré importante lo de la vivienda habitual en este caso, pues se trata de herederos directos y por lo tanto tienen tratamiento fiscal especial.

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