Dudas con la herencia de mi padre

Rogaría si alguien me pudiese ayudar me informe de los siguiente:
Mi padre falleció hace 17 meses dejando testamento, en el decía que era de el para mi madre (si el faltaba), de mi madre para el (si la que faltaba era ella) y luego para mi hermana y para mi. Al fallecer mi padre, fuimos a la notaria a hacer la aceptación de la herencia, tanto mi hermana, menor de edad en aquellos momentos, como yo, mayor de edad, aceptamos la herencia y firmamos los documentos pertinentes. Mis dudas son las siguientes:
Para que mi madre disponga de las dos viviendas que tenia con mi padre, cuando digo disponga me refiero a si pretende venderlas, hace falta que mi hermana y yo demos nuestra autorización o no pintamos nada en ese tema.
Realmente que parte me toca de los vienes de mi padre al estar hecho el testamento de esta forma, ya que hice la aceptación de herencia pero no recibí nada, pero por diversos problemas acontecidos en la familia le he reclamado a mi madre, de manera verbal, mi parte de la herencia de mi padre, ella me dice que solo me corresponde la legitima y que si la quiero, que se la reclame por vía judicial ya que ella no piensa dármela y que si me la tuviera que dar, me la daría cuando ella quiera, cuando venda los inmuebles, no cuando yo diga.
Rogaría ayuda e información ya que no se a quien acudir y tampoco me encuentro con los medios necesario.

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Primero lo que debe de hacer es enterarse bien de como están las cosas de la herencia de su padre. Porque lo que dice no puede ser.
Veamos. La herencia de una persona son tres partes.
Dos tercios son la legítima, y son porque la Ley así lo dice, para los hijos. Eso por mucho testamento que haya, le aseguro que ningún notario haría uno en el que no se cumpliera.
Primero, vea el testamento de su padre. Y vaya al notario en el que firmaron la aceptación de herencia y que le de una copia.
Verá entonces, que su padre no ha dejado todo a su madre.
Puede haberle dejado el tercer tercio de su herencia, que se llama "de libre disposición". Eso como mucho.
Pero los otros dos tercios son de los hijos. No de la madre. Porque la Ley así lo dice.
Por tanto, su madre no puede vender . Porque haría falta que sus dos hijas firmaran.
Puede también que en el testamento nombre a sus dos hijas como herederas. Por lo que las dos son dueñas de la herencia de su padre. Osea, del 50% de cada piso, y cada saldo de cuenta corriente.
Y que le deje el usufructo vitalicio de toda su herencia a su madre.
Pero el usufructo. Y el usufructo es el derecho a utilizar, gozar, y disfrutar de la herencia.
Y el usufructo, salvo que en el testamento se diga otra cosa, es de por vida. Cuando su madre fallezca, desaparecerá.
Mientras, ella tiene el goce y disfrute, pero no la propiedad. La propiedad es de las dos hijas.
Si estaban casados en gananciales, los pisos eran al 50% de cada uno. Así que su madre es dueña de su 50% y usufructuaria del otro 50%.
Eso se puede eliminar. Los usufructos son valorables.
Pero todo pasa por un proceso judicial, muy largo en el tiempo, que se inicia en el momento en que usted demanda a su madre.
Y el costo es muy elevado. Mucho.
Aparte, que por la regla que antes le mencioné, de los tres tercios, su madre en venganza podría hacer testamento en el que le dejare a usted la estricta legítima de su 50%, osea un 16,66% en lugar de un 50%.
Con lo que perdería mucho más.
En fin, que la Ley le da derecho a recamar ahora su parte, pero la razón, lo desaconseja.
Pero claro. Eso usted es la que decide pues conoce mejor que yo o cualquiera sus relaciones familiares y su situación económica, porque ya le digo que el pleito es caro.
Puede ser también, que en el testamento de su padre, venga a decir, que deja su herencia a sus hijas y el usufructo a su mujer, pero que si alguna de las hijas, reclama su parte, que solo le correspopnda la estricta legítima, que ya digo sería para usted un 16,66% en lugar de la mitad de la herencia de su padre.
En fin, que no hago más que suponer cosas y ver posibilidades, cuando es muy fácil para usted ver lo que realmente dice el testamento y el cuaderno notarial de aceptación de herencia.
Porque en las herencias un pequeño dato, puede hacer variar totalmente una respuesta, y hay muchas cosas que no dice en su pregunta.
En fin, le deseo suerte y si no tiene más que añadir, le agradeceré que finalice la pregunta para que se me quede libre.

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