Mi marido a fallecido sin hacer testamento el piso donde vivo esta a nombre de mi marido y de mi suegro ya que cuando lo compro mi suegro para mi marido era menor de edad, y quisiera saber si cuando muera mi suegro eredaran sus hijos o sea mis cuñados o eso queda para mi y mis hijos, gracias por atenderme
Lamento lo de su marido. Pero ahora lo primero es pedir nota simple en el registro de la propiedad y ver a nombre de quien o quienes y en qué medida para cada uno está inscrito el piso. Porque eso es lo que vale. Si está a nombre de los dos, sin más, el 50% es de cada uno. Osea, que el 50% de su marido es para sus hijos. Y ya puede ir a un notario y que hagan la escritura de aceptación de herencia y luego llevarla al registro de la propiedad, y entonces, ya serán sus hijos propietarios registrales, que es lo correcto. De ese 50% de su marido. Ahora la parte de su suegro. Yo le aconsejaría que intentara hablar con él y esponerle la situación. Si no hace testamento, su parte será a dividir entre todos sus hijos a partes iguales. Osea que sus cuñados, tendrán parte del piso. La parte que a su marido corresponde, pasará a sus hijos también. Pero estarán en pro indiviso con sus cuñados y eso salvo que se lleven de escándalo, es mala cosa. Si hace testamento, puede repartir su herencia a su gusto. A sus hijos, mínimo les ha de dejar un tercio de su herencia a repartir entre todos (incluido su marido). El otro tercio es el de mejora y puede dejárselo a su marido, con respecto al piso y el otro que es el tercio de libre disposición, también. Pero si su suegro tiene más bienes o posibilidades, puede dejar la legítima que a sus otros hijos les corresponda en otros bienes y dejar entera la propiedad de este piso a sus hijos, y así nunca tendrán problemas. Como no se que bienes, patrimonio, o posibilidades tiene su suegro, no puedo añadir más. Y como tampoco se cuantos son sus cuñados, pues tampoco. Pero con lo que le he dicho, yo creo que se hace una idea. Los notarios no cobran por asesorar, osea, que si va a hacer testamento (unos 40/50 euros), solo le cobrará por el testamento, y podrá exponerle sus deseos y así se lo harán. Pero de verdad, procure evitar el pro indiviso. Y la herencia de su marido, que pasa a sus hijos, hay que aceptarla ante notario. Hacienda da solo seis meses para el pago de los impuestos de sucesiones. Pasado el plazo, te ponen recargo y comienzan a correr los intereses de demora. Y cada día que pasa se debe un poquito más. Conviene que la herencia de su marido la arregle y pase a sus hijos lo antes posible. Un saludo. Y si no tiene más que añadir, le ruego finalice la pregunta para que se me quede libre.
En la escritura pone que mi suegro compra el usufructo y mi marido la nuda propiedad, quisiera que me esplique que quiere decir esto y entonces heredarían mis cuñados lo de mi suegro, un saludo
Pues estupendo. Con lo que me dice, ya puede estar tranquila. Totalmente tranquila. Usufructo es el derecho de goce y disfrute. Osea, que mientras viva tiene ese derecho. Que es muy amplio, y largo de exponer. Son muchos artículos, algunos larguísimos. Pero en resumen es lo que yo le digo. Código Civil: Artículo 513: "El usufructo se exingue: 1º- Por muerte del usufructuario. " Y no sigo, que no interesa el resto. Osea, que el usufructo, no es propiedad. Es solo derecho al goce y disfrute. El propietario es otro. Es su marido. Pero es "nudo propietario", que es como se les llama a los propietarios, cuando otra persona tiene el derecho del usufructo. Pero en el justo momento en que su suegro fallezca, el usufructo desaparece. Osea, que no lo puede vender, ni dejar en herencia... ni nada. Solo es un derecho que tiene sobre una propiedad mientras viva. Por tanto, en el momento es que su suegro fallezca, su marido dejará de ser "nudo propietario" y pasará a ser propietario total. Pero Si hacen la aceptación de herencia, sus hijos son los propietarios. Y le recomiendo que lo hagan. Sin falta. Que nunca se sabe lo que puede pasar. Tienen que aceptar la herencia para ser propietarios. Osea, que sus cuñados, nada de nada. No pueden heredar nada. Pero hagan la aceptaciópn de herencia. Los herederos son sus hijos del 100% del piso y nadie les podrá reclamar nada. Bueno, pues un saludo y me voy a cenar, (que llevo un diita... que para que). Y me alegro de su aclaración, pues he podido darle seguridad plena. Un saludo y no olvide finalizar la pregunta.(Salvo que tenga algo más que añadir).