Herencia de un hermano fallecido hace mucho

Mi hermano (Juan) falleció hace 23 años. Su esposa (María) falleció hace 2 años. No tenían hijos, ni padres vivos.
Mi hermano Juan tenía varios hermanos, quedamos con vida 2. Nuestros hermanos fallecidos y los 2 que quedamos con vida tenemos hijos (todos sobrinos de mi hermano Juan).
Su esposa María tenía una hermana (Josefa).
Josefa parece ser que es la que se ha quedado con todas las posesiones de su hermana María. Josefa tiene una hija.
No sabemos si mi hermano Juan, o su esposa María, tenían o no testamento.
¿Si no hay testamento, tenemos derecho a heredar algo los hermanos vivos y los sobrinos de Juan y Luisa? ¿Y si hay testamento?
¿Qué pasos podemos dar para conocer cómo está el asunto? No sabemos bien el nombre de Josefa.

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a) Si no hubo testamento, Uds no tendrán derecho alguno, ya que en el momento de fallecer Juan, hace 23 años (presuponiendo que no estaba separado judicialmente), le habrá sucedió en todos los bienes su cónyuge María (artículo 944 del código civil:
"En defecto de ascendientes y descendientes, y antes que los colaterales, sucederá en todos los bienes del difunto el cónyuge sobreviviente").
b) Sin embargo, sería conveniente que comprobaran si existió algún tipo de testamento para, en su caso, comprobar el contenido. Para ello, deberá solicitar: b.1) un certificado de defunción, según los trámites que aparecen en el link que le adjunto: http://www2.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483953225/Detalle.html b.2) Un certificado de actos de ultima voluntad, en donde se podrá ver si existió algún testamento y, en caso de que existiera, el lugar archivo notarial en el que se encuentra. Adjunto el link en que podrá ver información acerca de cómo obtenerlo, http://www2.mjusticia.es/cs/Satellite/es/1200666550200/Tramite_C/1214483963297/Detalle.html
Javier Gonzalez. Abogado especialista en sucesiones. Tel 656560672 www.hayadefensa.es
Muchas gracias por su respuesta, rápida y efectiva.
Entiendo que no hay que darle más vueltas, pero si no se lo pregunto no me quedo tranquilo. Permítame por tanto pedirle esta aclaración:
- Queda claro que en este caso (salvo lo de la separación y/o testamento), María sucedió en todos sus bienes a Juan.
Pero, al fallecer María, (¿en ausencia de testamento de Juan o María) los herederos serán los de María exclusivamente? (Creo que como familia sólo tiene a su hermana Josefa).
¿La parte de familia de Juan ya no tiene derecho a nada?
Gracias de antemano, y perdón por insistir en algo que está claro en la primera respuesta, pero bueno.
a) Si la última residencia de María se encontraba en Aragón o País Vasco, le recomiendo que se informe en profundidad con un abogado de la región, ya que en derecho Aragonés existe alguna disposición que puede afectar a su caso.
b) Si la última residencia no estaba en Aragón ni País Vasco, lamento informarle de que todo lo hereda Josefa. Es así desde que se modificó el orden sucesorio instaurado por la ley 11/1981, de 13 de mayo, con el actual art. 944 Código Civil.
Antes, la ley preveía el que los bienes no cambiaran los bienes de estirpe (de la familia del cónyuge premuerto al supérstite), pero desde la ley de 1981 cambió ésta precaución y en ausencia de ascendientes, descendientes y/o cónyuge, todo lo heredan los hermanos del causante (de María), sin que se prevea que los hermanos del cónyuge premuerto (Juan) puedan representar los derechos sucesorios que hubiera tenido Juan en caso de haber estado vivo.
Por último, le recomiendo que descarte las posibilidades y compruebe si su hermano dejó algún testamento, el cual podría el destino de los bienes que poseía María por provenir de la herencia de su hermano.
Javier Gonzalez Abogado especialista en Sucesiones Tel 656560672 www.hayadefensa.es

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