Herencia para la cuñada viuda

Espero que mi pregunta sea fácil de contestar.
Somos -mejor dicho éramos- tres hermanos. Mi padre en su día hizo testamento para los tres hermanos a partes iguales pero hace unos años murió mi hermano que estaba casado y SIN hijos.
¿A la hora de la herencia tiene derechos de herencia la mujer de mi hermano -ahora viuda-?.
En caso positivo:
¿Se podría hacer un nuevo testamento para que mi cuñada no recibiera nada?.
En caso negativo:
¿Cómo se repartiría la herencia entre los 2 hermanos que quedan?.

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Para contestar adecuadamente a sus preguntas es necesario precisar alguna cosa.
En principio parece que su hermano falleció antes que su padre. Si esto es así, hay que estar a lo dispuesto en el testamento por su padre, si es que éste ha fallecido ya. Normalmente cuando se hace un testamento no sólo se suele establecer quiénes son herederos sino también quienes serán herederos en caso de que alguno de los llamados a la herencia fallezca antes que el testador. Esto es lo que en Derecho civil se llama "sustitución vulgar" y suele -por ejemplo- expresarse de esta manera:
         "instituyo herederos por partes iguales a mis tres hijos llamados A, B y C, sustituidos vulgarmente por sus resepectivos descendientes por estirpes"
        En este caso el testador nombre herederos a tres hijos y si alguno falleciera antes que él, nombre herederos en la parte del hijo fallecido a los hijos del hijo fallecido.
      Por todo esto, si las cosas son como he dicho, para que su cuñada fuera llamada a la herencia sería necesario que su padre en el testamento hubiera dicho algo similar a esto:
      "Instituyo herederos por partes iguales a mis tres hijos llamados A, B y C, sustituidos vulgarmente por sus resepctivos descendientes los dos primeros y C sustituido vulgarmente por su esposa, doña XXX".
  Como ve para saber exactamente a qué atenerse es necesario:
1º.- Saber las fechas exactas de fallecimiento del testador y del hijo.
2º.- Ver cómo está redactado el testamento.
Por supuesto, si su padre todavía vive puede cambiar el testamento cuantas veces quiera. Si ya ha fallecido no podría cambiarse el testamento.

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