El dinero de mi padre está en el banco

Mi padre está grave y dicen los médicos que le quedan horas. Soy hijo único y nunca me ha hablado de herencia ni nada. Mi duda es el dinero que tiene ahorrado en el banco, temo que se lo quede el banco. ¿Cómo puedo acceder a él cuando se muera? Imagino que en la herencia estaré yo, ¿qué tengo que hacer? Porque no sé ni donde la tiene, si un abogado o quien puede tener este escrito, y si en el caso que nunca haya hecho herencia, ¿qué debo hacer? Me siento solo en este tema, no tengo quien me aconseje.
Respuesta
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Primero de todo, lamento el estado de su padre.
Respecto a los asuntos Sucesorios, tras un eventual fallecimiento, se necesitaría obtener un certiicado de defunción y otro de Actos de Última Voluntad, en donde podrá comprobar si existe testamenton (si no hubiera testamento necesitará realizar una declaración de herederos, siguiendo las reglas destinadas a los casos de sucesión intestada -abintestata-). Si su padre tuviera actualmente esposa de la cual no estuviera separada legalmente, es más que posible que ella comparta con Usted parte de los potenciales derechos sucesorios (o si su padre mantenía con ella un régimen matrimonial de gananciales, que sea copropietaria al 50% de los bienes inmuebles comprados con su padre durante la vigencia del matrimonio).
Después de determinar quiénes son los herederos y en qué porcentaje, se necesitaría hacer un inventario de todos los bienes, valores y seguros que su padre tenía contratados para; a continuación, hacer un reparto de los bienes según el testamento o las reglas de sucesión abintestata. Es muy importante que el inventario sea minucioso, ya que un pequeño fallo o una cuenta o seguro ocultos pueden suponer una gran pérdida de dinero. Si tuviera dudas o desconociera datos (de los bienes o de las cuentas o seguros), le recomiendo que nos contacte para -vía abogado-, asegurar la corrección de esta información y realizarle las gestiones oportunas.
En el final de un proceso Sucesorio, se dispondría de un plazo de 6 meses para presentar el impuesto de Sucesiones y, en su caso, liquidar la plusvalía de los bienes inmuebles que se hereden.
Si tiene dudas o desea que, eventualmente le informemos o evaluemos la gestión de una posible Sucesión o que hagamos una averiguación de los posibles bienes de la masa hereditaria, puede contactarnos a través del correo [email protected] (Javier) o puede llamarme al 656560672.
¿Entonces no tengo que temer por el dinero que pueda tener en el banco mi padre? Imagino se incluirá en la herencia y no se lo quedará el banco por no haber otro titular que mi padre.
Muchas gracias de antemano.
El que no haya otro titular que su padre no es un problema. De hecho, es lo habitual. Si Ud ya tiene identificadas las cuentas de su padre, los trámites de cambio de titular serán más sencillos. Si no conoce algunas de las cuentas o desconoce el banco en el que se mantienen saldos a favor de su padre, bastará una investigación (vía abogado) para identificar las cuentas y tampoco tendrá que preocuparse al respecto.
En la gestión de cuentas de dinero o de valores de una Herencia, el mayor peligro es la falta de información; el desconocer las cuentas o los bancos utilizados por el fallecido. Si los valores no se reclaman, en la práctica, el banco sí podría quedarse el dinero (no de forma automática, sino con el paso de los años). El banco no tiene obligación alguna de ponerse en contacto con los herederos de un fallecido.
Javier González, Abogado especialista en Sucesiones. Tel 656560672. www.hayadefensa.es

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