Supuestos herencias

En las ultimas semanas se han surgido en mi circulo familiar (tanto familia política como directa) varias incógnitas en lo que respecta a las herencias que pueden surgir en un futuro si la situación familiar es la misma que la actual, los supuestos serian los siguientes:
- Caso uno: en caso de fallecimiento del marido, sin tener hijos, y la vivienda ha sido adquirida a nombre del marido antes del matrimonio, pero no hay separación de bienes, ni testamento, ¿a la esposa que herencia le corresponde en propiedad? ¿Y en usufructo?, y en caso que no le corresponda en herencia la casa, ¿la esposa recibiría una compensación económica por los años de hipoteca pagados conjuntamente durante el matrimonio? Y en caso de hacer testamento, ¿qué máximo podría dejar el marido a la esposa legalmente?, este caso se produciría en la comunidad valenciana.
-Caso dos: es el mismo caso que el anterior, pero esta vez con dos hijos menores de edad y también en la comunidad valenciana.
-Caso tres: en la comunidad murciana, la madre fallece hace ocho años, no hay separación de bienes ni testamento, tienen 4 hijos mayores de edad, las propiedades son adquiridas durante el matrimonio (casa y solar rustico), después del fallecimiento solo se arregla la escritura de la casa pasando a ser propiedad de los hijos el 50% y el otro 50% del padre ademas del derecho de usufructo de este por toda la casa, a los pocos años el padre vuelve a tener pareja y esta es reconocida legalmente como pareja de hecho, en caso de fallecimiento del padre, la herencia restante pasaría a manos de los hijos, ¿o tiene alguna herencia en propiedad o usufructo la pareja?
Aunque reconozco que estos supuestos tardaran mucho tiempo en hacerse realidad (eso espero) su respuesta nos ayudara a tomar algunas decisiones como la de hacer herencias en los dos primeros casos o en el tercer caso cuya vivienda tiene un préstamo personal al que ahora el padre hace frente con dificultad y los hijos no saben si ayudar si al final la vivienda o parte de ella se la quedara su pareja actual
gracias de antemano por su ayuda

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Verdaderamente uds. plantea multitud de cuestiones diferentes. En todo caso trataré de responderle de forma correcta.
Caso número 1
En este supuesto no aclara ud. si viven o no los padres del marido. Esto es fundamental porque, en principio, si no hay testamento los herederos abintestato de una persona son 1º sus padres y 2º la esposa. Además, aún cuando haya testamento, si viven los padres hay que dejarles su legítima que, en caso de concurrir con el viudo, es de 1/3 parte de la herencia.
Si no hay ascendientes la cuestión se aclara: la mujer será la heredera universal si no hay testamento y si lo hay habrá que estar a lo diga el mismo.
En cuanto a la vivienda, en Valencia, desde el día 30 de junio de 2008 rige el sistema de separación de bienes, en virtud de una ley autonómica (que se encuentra recurrida ante el Tribunal Constitucional).
En cualquier caso, si el régimen es el de gananciales la doctrina de Tribunal Supremo entiende que en caso de la vivienda familiar si la hipoteca se paga con dinero ganancial, aunque la adquisición sea anterior al matrimonio, la vivienda tendrá carácter ganancial en la proporción correspondiente. Por tanto antes de hacer propiamente la herencia, habría que liquidar la sociedad de gananciales y a la viuda le correspondería una mitad de la casa.
Caso número 2
En este caso vale lo dicho antes para la vivienda. En cuanto a la herencia si no hay testamento corresponden:
   a la viuda ... usufructo de 1/3
   A los hijos:
                   ... Nuda propiedad de 1/3
                   ... Pleno dominio de 2/3
Caso número 3
Conforme al Código civil la pareja de hecho carece en la actualidad de derechos sucesorios.
Espero que todo esto le oriente, si quiera de forma inicial.

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