Hola, expongo: fallecimiento sin testamento, ¿La viuda tiene que aceptar herencia para ser usufruc

Expongo: fallecimiento sin testamento, titular de la casa: el fallecido, ¿la viuda tiene que aceptar herencia para ser usufructuaria o directamente al fallecer marido ya lo es sin hacer ningún movimiento? Nota: por motivos equis, tanto el fallecido y la viuda no vivían en esa casa desde hace ya un tiempo (no hacían uso de ella para vivir) nota: la casa está hipotecada con deudas + deudas altas de la comunidad

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Primeramente, le aconsejo vea si la casa fue adquirida durante el matrimonio, y si era en gananciales, con lo cual, la viuda, sería propietaria del 50%.

Aparte, la ley establece para el cónyuge sobreviviente, un usufructo de un tercio.

O sea, que si realmente la casa solo era del marido, le corresponde un tercio en usufructo.

Si era de los dos, en gananciales, le corresponde la mitad de la casa y un usufructo de un tercio sobre la otra mitad.

Por otro lado, tenga en cuenta que cuando haga una pregunta, las cosas no son como las matemáticas, que dos y dos son cuatro.

Hay que dar datos y usted no los da.

Son datos que pueden hacer variar toda la respuesta.

Por ejemplo, el informar si ha verificado que era solo del fallecido y no comparte la copropiedad con su viuda.

Otro dato muy importante son las personas que puedan tener derecho a la legítima. (si las hay).

Porque tampoco dice usted quien es. Si es un hijo, o hermano del fallecido, o lo que sea.

Es importante, pues sin hijos, sin descendientes, sin ascendientes, y sin testamento... a la viuda no le corresponde ningún usufructo.

Pasa a ser heredera. Y hereda y pasa a ser propietaria.

Por otro lado, en caso de haber herederos de los llamados "forzosos", ella tendría el usufructo, y hay que aceptarlo ante notario.

Y por supuesto, los herederos también han de aceptar la herencia.

Las herencias son un derecho, pero no son una obligación.

Es decir, que se pueden aceptar, pero también se pueden rechazar.

Y tanto una cosa como la otra ha de hacerse ante notario.

Comprenderá pues, que mientras no se acepte, no se es dueño de nada.

hola, vale, disculpe,le desarrollo mejor, soy la hija de sangre y mi hermano de sangre de su primer matrimonio, ya hemos rechazado la herencia, puesto que al tener deudas con la comunidad y deudas por la hipoteca, pues no conviene, otro dato importante es que tiene otra hija menor a la que le dio los apellidos de su segundo matrimonio(casados un año y 7 días antes de fallecer) la cual la viuda tiene 37 años y mi padre falleció con 63, no es buena gente, de hecho es muy mala (pero esa es otra historia) me consta que la propiedad era sólo de mi padre (por el registro de propiedad).

Nosotros no sabemos si ha rechazado o aceptado, la pregunta tan sólo es : ¿en el caso de no haber hecho ningún movimiento de aceptación de herencia puede hacer uso de ella aunque llevase viviendo fuera de ésta ya tiempo?

nota: la casa está en proceso de embargo

nota mi padre falleció ya hace un año y pico, me consta también que hizo declaratoria 3 mese después del fallecimiento (cosa que nos enteramos hace 1 mes aprox) la historia es un poco complicada, si le hace falta más datos, hágamelo saber y se los daré gustosamente, por lo menos para esclarecer algunas dudas..,

ta sólo queremos que las cosas se hagan de manera legal , pesto que esta señora nos consta que ya ha cometido otras ilegalidades que no viene al caso

gracias de nuevo

Con lo que me dice ya podemos aclararnos mejor.

Yo no me preocuparía. Me olvidaría del asunto.

Esto es casi como si se meten ocupas en un piso con embargo por deudas dinerarias.

Ustedes ya hay rechazado la herencia, que yo creo aún sin saber todos los datos, que es lo mejor que podían haber hecho.

Respecto a la legalidad, que se preocupen los dueños del piso.

Ella solo tiene derecho al usufructo de una tercera parte, pero está obligada a pagar pues si no, le quitarán el piso.

O sea, que hacer uso de ella, pues que lo haga. Ya el embargo seguirá adelante.

Porque el banco no perdona.

¿Qué ha hecho? ¿Ha aceptado el usufructo? ¿No?... la verdad es que les comprendo.

No quieren que esa mujer se aproveche de ese piso.

Pero repito, ustedes se han quitado de en medio, que han hecho bien, y si ella se mete en el piso ya será su problema o de aquel que tenga que embargar.

Esto es algo que pasa mucho hoy en día.

Uno pierde el piso, se ejecuta el embargo, se meten ocupas... en fin. Que el propietario se tiene que encargar de ello. Y ustedes no lo son.

Yo no me quebraría la cabeza y que sea lo que Dios quiera. Ya no es cosa suya.

Poco más le puedo decir.

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