Separación de bienes, las herencias para quien

Estoy pensando en casarme con mi pareja, pero tengo unas dudas. El tiene problemas con hacienda y demás, por eso compre yo la casa y esta a mi nombre, pero claro si me caso, no quiero que me vayan a embargar o salga cualquier cosa, por eso había pensado en casarnos en separación de bienes, pero si alguno de los dos morimos estando ya casados, ¿para quién seria la herencia o todo lo que hubiese sin tener hijos? Ruego me expliquen este tema.

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Pues tranquila que no pasa nada.
Si os casáis en gananciales no hay problema, ya que lo que tuvierais de solteros es de cada uno, (deudas o bienes).
No entran en gananciales.
Solo entre en gananciales aquello que adquiráis en el matrimonio.
Otro ejemplo:
Imagina que estáis casados, y que tu recibes un piso en herencia.
Pues tranquila de nuevo. Las herencias tampoco entran en gananciales. El piso será solo tuyo. Tu marido no tendrá ningún derecho sobre él.
Pero por lo que cuentas, y sin conocer todos los detalles, seguramente será mejor que os caséis en separación de bienes. Porque en un futuro no sabemos hasta dónde pueden llegar sus problemas.
Y para ello, te aconsejo que antes de casaros vayáis a un notario a hacer la escritura de separación de bienes.
Que diga que tenéis pensado contraer matrimonio en fecha próxima y que deseáis que ese matrimonio se rija por la más absoluta separación de bienes.
De esta forma, ya desde antes de casaros estaréis en separación de bienes.
(Y no mezclaremos las "churras" con las "meninas", osea, los bienes privativos con los matrimoniales).
Luego, tras el matrimonio, solo tenéis que llevar esa escritura al registro civil para que la inscriban.
Los gastos son los mismos, y evitamos problemas.
Un saludo y si no tienes más que añadir, te ruego finalices la pregunta para que se me quede libre.
Muchas gracias por la atención! Y otra cosa, en caso de fallecimiento de cualquiera de los dos una vez casados por separación de bienes, ¿para quién serian los bienes?
Pues todo depende. (Y no importa si están casados en gananciales o separación de bienes).
Si hay testamento, será para aquellos y en la proporción que en el testamento diga.
Salvando las legítimas, claro, que si hay hijos son dos tercios para ellos, y si no hay hijos pero si padres del fallecido, la legítima pasa a ellos, y es la mitad de la herencia, pero al estar casado, se reduce a un tercio la legítima de los padres.
Si no hay testamento....
Si hay hijos, los herederos al 100% son los hijos a partes iguales. Si solo hay uno, todo para él.
El cónyuge viudo tiene por Ley el usufructo de un tercio de la herencia.
Si no hay hijos y viven los padres del fallecido, un tercio de la herencia es para los padres.
Si los padres han muerto, desaparece ese derecho, y todo es de libre disposición, por lo que uno al otro se pueden dejar en testamento, toda la herencia.
Si no hay testamento, ni padres ni hijos, se aplica el artículo 944 del C.Civil:
"En defecto de ascendientes y descendientes, y antes que los colaterales, sucederá en todos los bienes del difunto el cónyuge sobreviviente".
Es decir, que ni hermanos, ni sobrinos ni tíos, ni primos pueden reclamar nada.
Bueno, esto es extensísimo. Ya ve que depende mucho de los familiares que haya.
O de si hay o no testamento.
Pero creo que he cubierto todas las posibilidades, pero si le queda alguna duda en concreto me lo dice ¿vale?.
Y les recomiendo que hagan testamento. A los herederos les ahorra muchos problemas, trámites y gastos. Y solo cuesta unos 40 euros.
Y si todo está claro, no olvide finalizar la pregunta.
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Perdón, pero se dice "Churras" y "Merinas", que son dos tipos de ovejas que nada tienen que ver entre sí. Las Meninas no tienen nada que ver.

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