Tenemos la obligación de...

Hola, espero explicarme bien...
Los abuelos de mi marido compraron un piso el cual pusieron como herencia a sus nietos y como no podía quitar de esa herencia a su única hija (madre de mi marido) vive en ella con su marido y está como uso y disfrute.
Mi pregunta es... ¿tienen los nietos que pagar todos los años la contribución de ese piso si está a uso y disfrute de ella? Ningún nieto vive en el piso, solo la hija (madre de mi marido) Y si tenemos que pagarla... ¿Es a partes iguales o ella tiene que pagar un tanto por ciento diferente a los nietos (son 4) por ser la hija única?
Gracias

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Vamos a ver te explico, los nudos propietarios serian la hija y los nietos, y por lo tanto todos tendrían que pagar en su parte proporcional los gastos de la casa, pero ojo solo la disfrutaría la usufructuaria, es decir la madre de tu marido, y claro esta ella tendría que pagar la parte que le correspondiera de la casa, que lo norma es que si estaban casados en régimen de gananciales, ella pagaría el 50% y el otro 50% se repartiría entre los 4 nietos.

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