Herencia

Hola, espero que alguien pueda ayudarme, se murió mi abuelo
y heredado, 10% de un bloque de pisos, es un piso en total, pues son 10pisos,
pero no especifica que piso es, de ese piso mi madre es usufructuaria, ¿y yo propietario
me puedo vender el piso?
Cuando se muera mi madre yo seré el usufructuario
gracias

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Pues está usted en el mismo problema que mucha gente con las herencias.
Imagine uno que fallece, tiene un rebaño de vacas y deja en herencia sus 50 vacas para sus 10 hijos.
A cada hijo le corresponde una décima parte de cada vaca.
No le corresponden cinco vacas.
Con lo fácil que hubiera sido decir que se hagan lotes de 5 vacas y que cada lote por sorteo se le deje en herencia a cada uno de los hijos.
En su caso es lo mismo.
En lugar de dejarle a usted uno de los diez pisos, le han dejado la décima parte de cada uno de los diez pisos.
O sea, un problemón.
Está usted en pro indiviso que es compartir una propiedad entre varias personas a un tanto por ciento cada uno.
Para cualquier cosa ha de contarse con la firma de los diez propietarios.
Y ninguno de los diez puede vender un piso sin el consentimiento de los demás. (Porque no es suyo).
O sea, que por lo que usted dice, como no tiene la propiedad de un piso en concreto, si no que tiene un 10% del bloque entero, ... Un 10% de cada piso, pues no puede vender nada.
Dice que su madre es usufructuaria y que cuando fallezca, usted será el usufructuario.
Es algo muy extraño, pero podría ser.
Léase bien el testamento de su abuelo, porque me extrañaría mucho que le nombre a usted usufructuario para cuando fallezca su madre.
Normalmente se deja el usufructo a una persona, y el usufructo desaparece y deja de existir justo en el mismo momento en el que el usufructuario fallece.
El usufructo no es propiedad. Solo es derecho a goce y disfrute. Y no puede venderse, ni dejarse en herencia... Es un derecho que solo es del usufructuario mientras viva y deja de existir cuando fallece.
Gracias por contestar tan rapido, una ultima duda
Lo que luego seré usufructurario, es pues cuando muera mi madre, ya no habrá nadie usufructuraio, ¿cómo yo soy el propietario no?
Y en eso del 10% cada piso y demás... pues es una...
Hay 3 propietarios contándome yo, mi madre que tiene el usufructo de ese piso y luego es propietaria del 23% y el tío de mi madre que es del resto 77% + o -
¿Podría vendérselo ha ellos no?
¿O alguna empresa que se dedica ha comprar partes de herencia?
¿Pues el 10% esta valorado en 120mil?, yo con la mitad más que suficiente...
Si ellos no quisieran que yo vendiera, ¿podría obligarlos por ley?
El derecho a ser usufructuario se concede por ley o por testamento.
Pero no puede ser traspasado. Ya digo que desaparece justo en el momento en el que fallezca tu madre.
O sea, que es correcto lo que has comprendido.
Cuando fallezca tu madre, ya nadie tiene el usufructo.
El usufructo habrá desaparecido.
Bueno, yo había entendido por el comienzo de la pregunta que eran diez pisos.
Ahora me parece entender que es uno solo y que tu madre tiene el 23%, y el tío de tu madre el 77%.
Eso suma 100%.
Entonces no entiendo que digas que tu tienes un 10%.
Pues perdona, pero en estas cosas hay que ser muy claro.
Por un pequeño detalle puede variar todo.
No me atrevo a darte una orientación con tastos datos que se contradicen.
Porque si las cuentas no me fallan, entre tu madre y su tío tienen el 100% (23 + 77%), y por tanto no se de donde saca que a usted le corresponde un 10%.
Si por favor me aclara la realidad de la situación, podré orientarle bien, ya que en caso contrario, seguro que meto la pata.
PERDÓN :) me ekivoke en los xcientos
Mi madre un 23, yo un 10 y sobre ese diez ella es usufructuaria,
el tío de mi madre un 67
Y es sobre un bloque de pisos de 10pisos
Otra vez:
Bueno, ya se me están aclarando las cosas un poco más.
En principio, le diré que es extraño eso de un usufructo sobre un 10%, pero bueno, si usted lo dice, será porque lo pone en el testamento.
Luego decirle que como imaginaba está usted en pro indiviso de toso.
O sea, que no es dueño de ningún piso, si no del 10% de cada piso.
¿Qué ellos quieran comprarle su parte?, pues muy bien, si ellos lo desean, pues que se la compren.
Pero comprenderá que no hay ley en el mundo que obligue a nadie a comprar lo que no quiere comprar, por mucho que sea un tanto por ciento de algo compartido.
Por otro lado, cuando fallezca su madre, vuelve usted a tener un tanto por ciento sobre la herencia.
¿Qué hay gente o empresas que comprar partes de proindivisos?
Pues si.
Pero si usted tiene un problema, ellos compran un problema.
Pero son especialistas. Con su equipo de abogados.
Y van "a saco".
Primero, apenas le van a pagar un 35% del valor real de su parte, y por supuesto, como entre ellos hay abogados y millonarios... y se convierten en copropietarios al comprar su parte de la herencia...
Artículos código civil:
Artículo 1051: "Ningún coheredero podrá ser obligado a permanecer en la indivisión de la herencia".
Artículo 1052: "Todo coheredero que tenga la libre administración y disposición de sus bienes, podrá en cualquier tiempo pedir la división de la herencia".
Artículo 1062: "Cuando una cosa sea indivisible o desmerezca mucho por su división, podrá adjudicarse a uno a calidad de abonar a los otros el exceso en dinero.
Pero bastará con que uno solo de los coherederos solicite la venta en pública subasta con admisión de licitadores extraños, para que así se haga".
O sea, que obligan a su madre y su tío a vender a bajo precio, o lo llevan el tema a subasta y se quedan por todo a bajísimo precio.
(Salvo que su madre y su tío sean millonarios y puedan enfrentarse a ellos en la subasta).
Pero lo dicho.
Si usted vende su parte a una de estas empresas, cuando fallezca su madre heredará de ella otra parte, y se verá afectado por la presión de estas empresas que son auténticas especialistas en quedarse con todo por cuatro "perras".
Desde luego, lo mejor es esperar.
¿Qué no puede?
Lo siguiente mejor es venderle su parte al tío de su madre y a su madre.
Y lo peor de lo pero... Vender su parte a una empresa especializada.
>Pero poder hacerlo, puede hacerlo.
O sea que lo dicho: No puede obligarlos a que compren su parte por ley.
Pero si que puede obligarlos a venderlo todo en pública subasta si se niegan a llegar a un acuerdo.
Pero ya le digo de ante mano, que si eso vale como dice 120.000, en subasta apenas va a sacar 50.000 y además, los abogados y costas judiciales, procuradores, peritos, tasadores... Al final si coge 30.000 estará de suerte.
Repito que lo mejor es el buen entendimiento, la comprensión y procurar llegar a un acuerdo.
Pues nada, un saludo y recuerde que si no va a añadir más, le ruego me finalice la pregunta.
Hasta otra.
Gracias, de muchísima ayuda, es un crack!
¿En la situación que estoy en estos momentos 30.000? Me ayudarían
muchísimo! Pues estoy con subsidio y mi mujer media jornada, traducido
¿926? Mes, para comer 4personas, visas en números rojos, hipoteca
y demás... penurias
mi madre no, pero el tío de mi madre si que tiene dinero...
Y supongo que cuando, vea el rollo de subasta, o empresa compradora
me haga una oferta
Repito muchas gracias!

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