Duda sobre herencia...

Buenas tardes le cuento mi caso...
Mi hermana y yo estamos un poco preocupadas... Nuestra madre murió cuando nosotras eramos muy pequeñas, vamos unas niñas.. Mi padre se volvió a casar al cabo de 10 años.
Antes de casarse con esta señora, tenia con mi padre un piso en Madrid que es donde vivien ahora, una casa en el pueblo que se hizo en vida de mi madre, pero que las escrituras se firmaron al poco de morir ella con lo cual están puestas al nombre de mi padre ya solo.
Nos gustaría que nos explicase que si falleciera mi padre antes que ella, en que situación quedarían las dos casas... Te digo también que mi padre y ella también tienen otra casa en el pueblo de ella donde podría vivir...
Mi padre piensa que ella se irá a vivir a su pueblo, pero nosotras no lo tenemos tan claro... También nos dice que ella no tiene derecho a nada porque eso es antes del matrimonio..
Pero que solo tiene el usufructo mientras ella viva...
¿Qué significa el usufructo de las dos viviendas?
Muchas gracias...

1 respuesta

Respuesta
1
Ustedes tienen derecho a la legítima en la herencia de su madre (al menos 2/3 de sus bienes), primero se procedería a la liquidación de la sociedad de gananciales atribuyendo a su padre la mitad
Sobre la otra mitad y sobre los bienes privativos de su madre se aplican las reglas de la herencia
Cuando fallezca su padre, los bienes que proceden del primer matrimonio son bienes privativos de él, por lo que no entrarán en la liquidación de la sociedad de gananciales que tiene ahora con su mujer
En su herencia a vosotras os corresponderá al menos 2/3 de su herencia, y a su mujer por ley solo el usufructo de 1/3 de esos 2/3 de legitima vuestra que podréis pagar en dinero, el 1/3 restante es de libre disposición de vuestro padre
Gracias por contestarme, aunque lo del usufructo no me queda muy claro... se puede pagar con dinero... ¿pero y si ella no quiere dinero y quiere disfrutar que con lleva exactamente el usufructo de las viviendas en este caso?
Aunque ella no quiera ese dinero podéis obligarla judicialmente a ello

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas