Omitir del testamento

Hola mi siguiente pregunta es, ¿puedo quitar del testamento a uno de mis hijos y otorgárselo a su hija (mi nieta) gracias

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Respuesta
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Pues no puede.
O no puede en parte.
El artículo 806 del Código Civil, especifica que las legítimas son la parte de las herencias de la que usted no puede disponer, ya que la ley la tiene reservada para los llamados "HEREDEROS FORZOSOS".
O sea, que una parte de su herencia, (La legítima) obligatoriamente y por Ley, ha de dejársela a los herederos forzosos que tenga.
El artículo 807 dice en primer lugar, que son herederos forzosos los hijos respecto de sus padres o ascendientes.
Los primeros: los hijos.
Y la legítima para los hijos son dos tercios de la herencia.
O sea, que la legítima, por ley le corresponde a los herederos forzosos.
Y en su caso, los herederos forzosos son los hijos.
Así que a ellos corresponden dos tercios de su herencia.
O sea, que solo le queda un tercio de libre disposición, que puede dejárselo a quien guste.
Por ejemplo, a esa nieta.
Un saludo y por favcor, no olvide finalizar la pregunta para que se me quede libre.

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