Herencia a favor hijo discapacitado

Hola, quisiera hacer una consulta:
Mi marido y yo somos de Catalunya y tenemos dos hijos: uno de su primer matrimonio y otro en común. Hemos hecho testamento de manera que lo de un cónyuge pasa al otro y la legítima, que es la cuarta parte, a repartir entre los hijos. Ahora bien, el hijo común tiene una discapacidad psíquica del 33% y yo quisiera saber si, en el momento de la hipotética muerte de su padre el hijo mayor podría reclamar su parte de legítima o hay alguna protección a favor del hijo menor discapacitado. He leído cosas por internet, pero me resulta bastante confuso. ¿Me podría asesorar sobre este tema? Muchas gracias

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La legítima son legítima porque son un mínimo que no se puede negar, en este caso, a un hijo; es el mínimo que la ley le garantiza, y no puede estar sujeta a condición o modo, es decir, que debe de estar libre; y se tiene derecho a recibirla.
He estado viendo el derecho sucesorio catalán y no he visto nada particular que me haga pensar algo en contrario.
De todas formas, le soy sincero y le diré que mi fuerte no es el derecho sucesorio catalán; y a lo mejor hay algún matiz de importancia que se me escapa; lo mejor es que pregunte al notario que le hizo el testamento y coméntele su preocupación.
Reciba saludos cordiales

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