Precripcion de plusvalia.

Por la herencia de un piso hay que pagar, corríjame si me equivoco, dos impuestos, el de
sucesiones y el de plusvalía y en Madrid se ha suprimido el impuesto de sucesiones.
  En primer lugar me gustaría saber si el pago del impuesto de plusvalía prescribe, y si es
así, a partir de que fecha, ¿el fallecimientio?, ¿La escrtitura?, ¿...? .
  En segundo lugar me gustaría saber de que cantidad se trata, es un piso que hace
40 años se compro por 700.000 ptas y ahora puede valer 200.000 euros. No hace falta
que sea una cifra aproximada, más bien orientativa.
Muchas gracias por su atención.

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En Madrid no se ha suprimido el impuesto de Sucesiones. Para los hijos/padres, se ha reducido tanto que es casi nulo, pero en todo caso hay que presentarlo.
Respecto a la plusvalía municipar (la del irpf, salvo que venda, no se paga, por ser incompatible con el impuesto de sucesiones), como su cálculo depende de la diferencia de valor del año en que se calcula hasta el último año en que se pagó el mismo impuesto, el importe a pagar es indiferente de si prescribe o no. Lo único que sí podría prescribir es la sanción que le puedan imponer por su impago.
Las plusvalías dependen de los ayuntamientos y del incremento de precio de los pisos, por lo que es imposible decirle. Puede preguntar en su ayuntamiento (sin dar datos concretos, para que le orienten).

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