Herencia tía abuela sin testamento

Hace unos meses, murió una tía abuela de mi padre, soltera y sin hijos. Y murió por lo que me consta sin hacer testamento.
MI padre murió hace unos años antes, y ahora al tramitar la herencia, nos mandan una carta el abogado, en la que no dice, que ya que mi padre esta muerto, nosotros no podemos heredar y por lo tanto, el testamento se reparte entre los sobrinos vivos.
Eso es así? ¿Y se podría hacer algo jurídicamente?
Respuesta
1
Estimada nasagom:
Si la sucesión de su tía se rige por el Código civil (y no por leyes forales) el abogado tiene razón, pues en caso de sucesión intestada y tal como dispone el Código civil, los hermanos e hijos de hermanos (tíos y sobrinos), suceden con prefererencia al resto de parientes.
Este parece ser su caso: una persona fallecida ha dejado varios sobrinos e hijos de sobrinos y en tal supuesto, conforme al Código civil, heredan antes todos los sobrinos.
"Artículo 946.
Los hermanos e hijos de hermanos suceden con preferencia a los demás colaterales."
Si sólo hubieran quedado hijos de sobrinos todos hubieran heredado.
Espero que esto resuelva sus dudas.
¿Y no se puede hacer algo? ¿A través de alguna declaración judicial de herederos?
¿Y si el resto de las partes están de acuerdo en que nosotros heredemos?
Un saludo,
Cuando alguien sin hijos, cónyuge ni ascendientes fallece sin hacer testamento, para saber quienes son los herederos es necesario ir a un abogado y hacer una declaración judicial de herederos. En ella un juez, viendo la documentación, dice qué personas tienen derecho a heredar a alguien con arreglo a la Ley. En su caso, si van a un juzgado (que van a tener que ir de todas formas) para hacer una declaración judicial de herederos al Juez no le va quedar otro remedio que declarar herederos a los sobrinos que viven.
En fin, aunque esta respuesta no le agrade, es la realidad. Otra cosa es que una vez hecha la herencia los sobrinos repartan con uds. algo (p. Ej. Haciendo donación de parte).
Si necesita una respuesta más profunda póngase en contacto con algún abogado a través de la web que le indiqué (www.aherencias.es).

Añade tu respuesta

Haz clic para o

Más respuestas relacionadas