Heredero de una pareja de hecho

Vivo en Cataluña en régimen de pareja de hecho (la vamos a formalizar en breve). Fruto de nuestra relación tenemos un hijo. En caso de defunción de una de las partes ¿me aconseja disponer de testamento? En caso de no tenerlo ¿quién es el heredero, el hijo o el cónyuge?
Gracias por su atención

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En principio si, estando así las cosas, alguno de uds. falleciera el heredero sería el hijo si bien su pareja de hecho tendría derecho al usufructo universal de la herencia. Esto es lo que dispone el Código Civil de Cataluña: "El cónyuge viudo o el conviviente en unión estable de pareja superviviente, si concurre a la sucesión con hijos del causante o descendientes de estos, tiene derecho al usufructo universal de la herencia."
Ahora bien, siempre es mejor tener hecho testamento, pues evita tener que hacer una declaración de herederos y máxime en el caso de pareja de hecho, donde podría haber problemas de prueba.
Lo mejor, como le digo, es hacer cada uno de uds. un testamento notarial, cuyo coste no es muy elevado (unos 36,00 euros cada uno).
Espero haber resuelto su duda. Si quiere saber más visite nuestra web www.aherencias.es
Muchas gracias,
Ha sido de gran ayuda y además me ha contestado muy rápidamente :)
Lo tengo claro, en breve haremos testamento.
Gracias de nuevo.

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