Impuesto Sucesiones: evitar doble tributación
Buensos días,
Mi madre falleció en 2007 y mi padre, de 86 años, todavía vive. En el testamento de mi madre figuramos como herederos mis cuatro hermanos y yo, y mi padre como usufructuario. La herencia está sin repartir y no habiendo liquidado en plazo el impuesto de Sucesiones, Hacienda nos ha inspeccionado y obligado a pagar a los herederos la parte que nos corresponde por dicho impuesto. Parte de la herencia la constituye dinero en cuentas bancarias que por el régimen de gananciales en que estaban mis padres, y el 50% ha sido liquidado en la inspección.
Bien, de acuerdo todos los herederos, ese dinero sigue actualmente a nombre de mi padre, aunque parte en otras cuentas y depósitos bancarios distintos de los originales en el momento del fallecimiento de mi madre.
La duda que me surge es la siguiente: en el momento que fallezca mi padre, a la hora de tributar por el impuesto de Sucesiones ¿de qué manera podremos demostrar que parte del dinero ya ha tributado?, ¿Sería conveniente depositar el importe del dinero ya tributado en una cuenta a nombre de los herederos en tanto no fallezca nuestro padre?.
Mi madre falleció en 2007 y mi padre, de 86 años, todavía vive. En el testamento de mi madre figuramos como herederos mis cuatro hermanos y yo, y mi padre como usufructuario. La herencia está sin repartir y no habiendo liquidado en plazo el impuesto de Sucesiones, Hacienda nos ha inspeccionado y obligado a pagar a los herederos la parte que nos corresponde por dicho impuesto. Parte de la herencia la constituye dinero en cuentas bancarias que por el régimen de gananciales en que estaban mis padres, y el 50% ha sido liquidado en la inspección.
Bien, de acuerdo todos los herederos, ese dinero sigue actualmente a nombre de mi padre, aunque parte en otras cuentas y depósitos bancarios distintos de los originales en el momento del fallecimiento de mi madre.
La duda que me surge es la siguiente: en el momento que fallezca mi padre, a la hora de tributar por el impuesto de Sucesiones ¿de qué manera podremos demostrar que parte del dinero ya ha tributado?, ¿Sería conveniente depositar el importe del dinero ya tributado en una cuenta a nombre de los herederos en tanto no fallezca nuestro padre?.
Respuesta de dixen_eu
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