¿Hay que poner el testamento de mi padre a nombre de mi madre?
Mi padre y mi madre hicieron testamento del uno para el otro y después para los hijos. Mi pregunta es : Mi padre murió hace cinco años, he pedido el acto de ultimas voluntades y ya lo tengo en mi poder pero ¿hay qué ir al notario y poner el testamento a nombre de mi madre? O no hacer nada y cuando muera mi madre pedir el acto de ultimas voluntades y ya esta para después repartir la herencia.
Pues eso del uno para el otro en principio no es legal. Aunque mucha gente lo llama así. La ley dice que a los hijos les corresponde al menos la legítima, que son las dos terceras partes de la herencia del padre. Es por ley, osea, que tu madre no puede heredar el 100% de lo de tu padre. Con el certificado de defunción y el de últimas voluintades, has de ir al notario que hizo el último testamento y pedirle copia. Así verás la distribución que tu padre hace de su herencia. Y después, ir al notario, todos los herederos y aceptar la herencia. No dejarlo para más adelante. No sirve de nada. Porque si tus padres están casados en gananciales, que es lo normal, si por ejemplo hay un piso, el 50% es de cada uno. Por ello, los hijos tienen la herencia del 50% del piso que a su padre corresponde y cuando fallezca la madre hay que aceptar su herencia que es el otro 50% del piso. Y ya seréis propietarios del 100%. Son dos herencias, no una sola. Eso de ir al notario para poner el testamento a nombre de tu madre, no se que quiere decir. A lo que hay que ir es a firmar el cuaderno particional, que es una escritura de aceptación y distribución de herencia. Porque mientras no aceptéis ante notario la herencia, no sois dueños de nada. Resumiendo: Que como son dos herencias, ahora aceptáis la de vuestro padre y después ya aceptareis la de vuestra made. Osea, que ahora os repartís la de tu padre y después la de tu madre y completáis la totalidad. Porque tu madre, insisto, es imposible que haya heredado todo. Los hijos tienen la legítima. Otra cosa: Hacienda da seis meses tras el fallecimiento para pagar el impuesto de sucesiones (previamente hay que aceptar la herencia). Pasado el plazo, te ponen recargo y comienzan a correr los intereses de demora. Y cada día se debe un poquito más. Pues nada. Si no tienes más que añadir, te ruego finalices la pregunta para que se quede libre.
Solo una cosita más, la herencia es una casa donde vive mi madre y el poco dinero que tenga que pasaría si no hiciéramos nada hasta que fallezca para repartir todo Muchas gracias
Pues no pasa nada (en principio). Pueden esperar pero le aconsejo que su madre haga testamento si no lo ha hecho. Se ahorrarán gastos, tiempo y problemas. Y solo cuesta unos 40 euros. Y digo en principio, porque si hacienda detecta que no han pagado los impuestos de sucesiones por su padre, puede ponerles una multa por defraudación (que son altitas), más el recargo y los intereses de demora. Pero si ya han pasado más de cinco años desde que falleció, pueden estar tranquilos, pues a los 5 años, si no pagan o hacienda no les inicia expediente, los impuestos prescriben. Osea que vean el testamento de su padre, que antes o después les hará falta y a esperar. (Que sean muchos años). Ya lo arreglarán cuando fallezca su madre. De todas formas, su madre es propietaria del 50% del piso y al menos tiene el usufructo de un tercio del 50% de su marido. (Testamento de su padre aparte, porque puede variar esto). Pidan al notario el testamento, que les conviene. Hay muchos casos que un notario fallece (que también tienen derecho a fallecer los pobres), y el protocolo pasa a otro notario, y vete tu a saber cuantos meses tardaría el nuevo en localizar el testamento. Pues nada.