Herencia

Mi madre ha enviudado y mi padre tenía la cuenta bancaria a su nombre exclusivamente.
El piso estaba a nombre de mi padre y una casa a nombre de los 2, al 50%.
Mi padre dejó testamento en el cual indica que lega a sus hijos la legitima a mi madre le nombra heredera universal a la que sustituye vulgarmente por sus comunes descendientes, por cabezas los hijos y por estirpes los de grado ulterior.
¿En qué situación queda mi madre con las cuentas bancarias y los pisos y como quedan sus hijos?
¿Qué pasos deben seguirse para cambiar de nombre las cuentas bancarias?

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He de suponer que el testamento que cita de su padre se lo ha entregado el notario como primera copia autorizada. En caso contrario, carece de validez alguna.
Han de abonar el Impuesto de Sucesiones en un plazo de seis meses desde el fallecimeinto de su padre o en otro plazo de otros seis que hay que solicitar antes de que expire el primero, pero con intereses de demora.
Posterormente hacer la declaración de herederos y el cuaderno particional. Cuando tengan el cuaderno particional, con el resguardo del Impuesto de Sucesiones y los DNI de todos los herederos incluida su madre, acudir al banco para que pongan a disposición de ustedes los fondos existentes en las cuentas corrientes o depósitos, que tardará unos 15 días en llevarse a cabo dichos trámites.
Los pisos quedan según lo que indique el cuaderno particional.
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